Efectívamente cada CCAA en suelo no urbanizable tiene establecida " la unidad mínima de cultivo ", por debajo de cuya superficie no se puede segregar. Creo que en Valencia, dependiendo de las Comarcas esa superficie varía por lo que deberías enterarte cual es la que rige en Torrent.
Efectívamente para segregar hace falta licencia urbanística municipal o su declaración de innecesariedad, cuyo significado es el mismo. Sin esa licencia el registrador no puede inscribir ninguna segregación.
Mi consejo es que actúes conforme a la Ley, segrega si se puede y si no déjalo, se consideraría una parcelación en suelo no urbanizable lo cual es tanto como decir una infracción urbanística grave.
Gracias ante todo por vuestro tiempo.
Vivo en Torrent (una ciudad de valencia) y mi situación es la siguiente. Somos dueños de unos terrenos heredados en suelo no urbano, y debido a sus dimensiones necesitamos segregarlo, al menos una parte. Tras preguntar en el ayuntamiento (a un aparejador) nos ha dicho que debido a su estado de suelo no urbano (y que seguramente seguirá así) no puede producirse dicha segregación. No obstante no nos ha dado ninguna solución, yo he leído posibles opciones como la licencia de innecesariedad, o una licencia que se encuentra en la propia web de torrent para parcelación de terrenos. El terreno que queremos segregar es aproximadamente de 1.000 m². Si no es mediante licencias, ¿habría alguna otra forma de poder segregarlo?
Por último decir que el terreno no es para edificar ninguna vivienda, es únicamente para tener el terreno perteneciente.
Sé que cada comunidad se rige de una determinada forma y comprendería la ambigüedad de vuestra respuesta.
Gracias de nuevo y un saludo.