Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Segregación finca urbana

2 Comentarios
 
Segregación finca urbana
04/10/2011 13:09
Estimados señores. He visto que hay muchos temas abiertos sobre segregación de fincas, pero todas son rústicas. Mi problema es diferente.
Hace unos años a mi padre le tocó en herencia una finca a medias con un primo. La finca es urbana, ya que se puede parcelar y construir creo que con un solar de 800 metros. La finca está en Mallorca, en Baleares.
El problema es que el primo no quiere comprar ni vender y tenemos esa finca inutilizable, pagando impuestos.
A dia de hoy he planteado a mi padre que me deje esa finca para construirme una casa, pero sin hacer parcelas. He visto que si es por herencia se puede segregar la finca. Mi pregunta es: se puede hacer a pesar de que el otro heredero nos pondrá mil trabas? Si es así, cuál es el proceso, o donde debo acudir para informarme bien? En una finca parcelable urbana no me pondran pegas para construir?
Muchísimas gracias.

04/10/2011 14:25
como señala el Código Civil que "Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común".

Cada cotitular tiene una cuota o parte alícuota de la cosa o derecho: dicha cuota es disponible y renunciable, puede, en todo momento, pedir la división física de la cosa o derecho (actio communi dividundo).

La división puede practicarse por los mismos copropietarios, por árbitros o por ejercicio de la acción procesal.

1) Por los copropietarios : Voluntario de las dos partes.

2) Por árbitros o amigables componedores
Serán nombrados por los copropietarios y deberán formar partes proporcionales a la cuota de cada uno, evitando los suplementos a metálico.

3) Por Vía Judicial"Actio communi dividundo"

Se trata de una acción judicial que dará lugar al proceso declarativo que corresponda según la cuantía. En caso de no llegar a un acuerdo puede terminar en la venta en pública subasta del bien.

Hay que recordar que hay que consultar el planeamiento para que ambas parcelas seán el solar mínimo.

Si necesita más información o saber como se ejerce dicho derecho del propieto: alvarosantabarbara@coaaragon.org








04/10/2011 20:43
Estimado Alvaro, mucha gracias por la aclaración. No iba mal encaminada yo... Le comentaré a mi padre a ver qué decide. Si necesito más información me pondre en contacto con usted via e-mail.

Muchas gracias.