suele ser más de 5000m2 , normalmente los terrenos resultantes de la segregacion no pueden ser inferiores a la unidad mínima (que en algunas ccaa es de 1 ha).
Si no se puede segregar en el Ayuntamiento, no hay nada que hacer, hay que seguir con la proindivisión, es un fastidio pero es así, no hay forma jurídica posible para hacer lo que quereis.
Gracias Rufino. Pero el problema es que nunca la hemos podido segregar porque no daba el cultivo mínimo. Ahora, me parece que podremos segregar la parte urbanizable, pero la rústica no y el problema viene porque no estamos cultivando cada uno su proindiviso. Queremos mantener cada uno nuestros metros. ¿Qué documentos legales tenemos que hacer para que cada uno se queda con su parte y segregar?.¿Sólo podemos segregar lo urbanizable?. y de lo rústico ¿qué hacemos si segregramos por metros distintos del proindiviso, para que cada uno le quede lo que quiere?.Gracias de nuevo.