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Segregación finca. heredada/ abuelo. / hijo y nieto.

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Segregación finca. heredada/ abuelo. / hijo y nieto.
01/11/2024 13:22
Mi abuelo me dejó en legado/herencia una casa con 200 m2.

Dentro del mismo solar, de mis abuelos paternos; mis padres construyeron unas naves agrícolas de 600 m2 una y de 80 m2 otra. El solar son unos 2.000 m2. Es todo de mi padre.
Las naves son mitad de mi padre y mitad de mi madre, gananciales.

No hemos segregado el terreno de mi casa, que son 200 m2. Por tanto he aceptado la herencia y pagados los impuestos y gastos inherentes; *sin poder inscribirl@ en el Registro de la Propiedad*.

¿Qué tipo de *problemas* puedo tener si el día de mañana las naves y el resto del terreno, **sin segregar** pasa a propiedad de otra persona distinta de mis padres, a mi hermana por herencia o a un comprador?
02/11/2024 10:35
Ese solar de 2000 metros cuadrados (si es segregable) es de sus padres, y por tanto son propietarios de todo lo que hay construido. Su abuelo, el de usted, no pudo dejarle una casa en fundo ajeno, por lo que si cuenta con la aquiescencia y colaboración de sus padres y la finca se puede dividir, debería hacer usted unas escrituras de adjudicación de herencia y segregación. En el caso de que esté ya declarada la obra nueva, con eso será suficiente. Una tercera persona que adquiera la finca de sus padres, también sería el propietario de la casa.
02/11/2024 10:42
Impecable como siempre la respuesta de Grisolía: recuérdese el principio "superficies solo cedit" ('La construcción accede al suelo', Gayo: Instituciones 2, 73). Así se recoge en el art. 358 CC: " «Lo edificado, plantado o sembrado en predios ajenos, y las mejoras o reparaciones hechas en ellos, pertenecen al dueño de los mismos con sujeción a lo que se dispone en los artículos siguientes»

El relato es algo confuso, no acabo de entender si el solar es hoy de los padres o no: "...Dentro del mismo solar, de mis abuelos paternos;... Es todo de mi padre. Las naves son mitad de mi padre y mitad de mi madre, gananciales."

¿Su abuelo le dejó la casa, en testamento, a usted, y a la misma vez el solar a su padre?
02/11/2024 10:56
Joseasturias
La cosa de la propiedad del solar no es tan fácil como parece. Estamos hablando de una finca que no solo tiene la casa, sino también unas naves agrícolas. Eso ya empieza a meterle complicaciones al asunto, porque no es solo decir “esto es mío” y ya. Aquí entra en juego la propiedad, la segregación, y un montón de trámites que hay que hacer bien para que no se le venga el marrón encima a uno.

Vamos al grano: separar el terreno no es obligatorio, pero de verdad que le conviene. ¿Por qué? Pues porque eso le permite dejar bien claro quién es el dueño de cada cosa y ver si hay alguna carga o deuda en la propiedad. Vamos, que así se evitan los disgustos.

Lo mismo con la inscripción en el Registro de la Propiedad. No es que sea obligado, pero ¡por lo que más quiera! Es algo que le puede salvar de un buen lío en el futuro, porque ahí queda todo clarito para demostrar quién es el dueño de cada parte.

La casa, además, está en régimen ganancial, así que en caso de un divorcio o algo, pues ahí sí que puede haber movidas serias sobre quién se queda con qué. Si a esto le sumamos que una tercera persona puede heredar o adquirir parte del terreno, pues ya tiene el cóctel completo de complicaciones. Lo mejor, como siempre, es asegurarse de que todo está bien revisado y aclarado antes de hacer cualquier movimiento.

Ahora, imaginemos que las naves y el terreno acaban en manos de otro sin haber separado la casa de 200 m: ahí se le pueden venir encima problemas legales y económicos. Pueden pedirle cuentas por la propiedad de la casa o hacerle pagar reparaciones si hay que arreglar alguna cosa, especialmente si se convierte en una especie de comunidad de propietarios.

Mi consejo es que vaya con pies de plomo y consulte bien las cargas y la situación del inmueble antes de hacer nada.
02/11/2024 15:42
El solar de 2.000 m2 con la casa, de planta baja lo compraron mis abuelos paternos hace unos 50 años. En gananciales. Y su único hijo es mi padre.

Hace 25 años mis padres, construyeron dos naves agrícolas en gananciales.

En principio mis padre querían dejarme en herencia el resto del solar: 2000 - 200= 1.800 m2 con las naves.

Pero prefiere, mi padre, dejarme una casa la mejor de las dos que tiene privativas en la finca de enfrente al otro lado de la carretera.
02/11/2024 15:51
Lo que es ganancial de mi padre y de mi madre en relación a este terreno con dos naves agrícolas y una casa, son las dos naves.

Puede que la casa con terreno de 200 m2 no sea segregable. Porque no sean m2 suficientes o a saber.

Mi padre y mi madre me marearon bastante la cabeza. No tienen mucha salud. Mi p#dre siendo sinceros no tiene buenas intenciones ni lucidez. No sirve engañarse. Hay gente que es problemática y tóxica y si toca en la familia o en el trabajo, es un problema.

Yo quería segregarlo.

¿Puedo o dependo de mis padres que también quieran segregarlo?

¿Pueden vender las naves sin segregarlo de mi casa y terreno?
02/11/2024 15:55
No hay, a día de hoy, ningún tipo de cargas ni gravámenes sobre los inmuebles que he referido.
02/11/2024 16:03
De mi abuela y mi abuelo yo heredé la casa con 200 m2 de terreno. La mitad de cada uno. Gananciales.

De mi abuelo y mi abuela mi padre heredó: 2.000-200= 1.800 m2. La mitad de cada uno. Gananciales.

Mi padre y mi madre. Gananciales. Son dueños cada uno de la mitad de las naves. La explotación agrícola en ellas desarrollada hasta jubilarse hace dos años y las facturas de construcción, están a nombre de mi madre.
02/11/2024 20:58
Aquí se mezclan problemas de herencia que seguramente un experto como Grisolía podrá desentrañar, yo me atrevo a anticipar lo siguiente:

1- Su abuelo, expone usted en su primera nota, le dejó en herencia -o en legado, no lo aclara- la casa y 200 m2 de terreno; eso es suyo, y nadie se lo puede quitar. El resto, 1.800 m2, lo ha heredado su padre. Olvidemos las naves, que como se ha expuesto ya van con el terreno, salvo un caso de accesión inversa que dudo mucho que se produzca y que en realidad no tiene sentido que examinemos (el dueño del tereno es el mismo), es tema solamente para profesionales en la materia y no quiero hacerle perder el tiempo con tecnicismos. Tampoco voy a profundizar en temas de derecho registral porque no viene a cuento, expondré la cosa con tanta sencillez como me sea posible.

2- Su padre puede disponer de su herencia como quiera, que para eso es el testador, el dueño de los bienes: le dejará a usted unas cosas y a su hermana otras, y en eso podrá usted dar su opinión, si se la quieren escuchar, pero poco más.

3- Hoy considero que tenemos entre manos una cosa común. Dentro de una misma finca, usted es dueño de la casa y de 200 m2 de terreno, y su padre del resto.

4- Si su padre finalmente le deja en herencia el resto de la finca, con las naves, pues mejor para todos.

5- Si su padre vende el resto de la finca con las naves a un tercero o bien decide dejarselo a su hermana, podrá suted seguir siendo condueño de una cosa común si la relación es buena (hay miles y miles de hermanos, o de socios, o de meros conocidos, que tienen pisos o tierras en común y no pasa nada), pero si la relación fuera mala muy posiblemente sea necesario "dividir" la cosa común.

6- Y dirá usted ¿cómo se divide algo que no puede segregarse por no reunir los requisitos que exigen las normas urbanísticas para poder hacerlo? pues vendiéndolo y repartiendo el dinero. Para ello se contrata a un tasador, se calcula lo que vale la casa, lo que vale el metro cuadrado de terreno, y lo que vale el resto de la finca y las naves y se vende, bien buscando un comprador ustedes, o bien, si no hay forma de ponerse de acuerdo, en una subasta judicial, proceso caro y engorroso que le recomiendo evitar salvo si no hay más remedio, porque además se suele sacar menos de la venta.

7- ¿Usted anda bien de dinero? en ese caso, puede incluso interesarle "forzar" esa venta en subasta judicial, poner más dinero encima de la mesa que el resto de los interesados y llevárselo todo. Puede usted pensarse si le conviene hacerlo incluso hoy mismo, o si prefiere esperar acontecimientos. Yo esperaría, no tiene mucho sentido pagar hoy por algo que tenemos posibilidades de recibir en herencia mañana.
02/11/2024 23:52
Hoplon
Al principio mi padre quería dejarme las naves, porque están en el mismo solar que la casa que me dejó mi abuelo.
Es lo que dijo cuando aceptamos la herencia hace un año, cuando falleció mi abuelo. No quería que segregase la casa con sus 200 m2

Luego cambió de opinión porque es peculiar en su personalidad y en su nivel de inteligencia.

La casa que me dejan mis abuelos con sus 200 m2 NO tengo interés alguno en venderla, porque está en buena zona, cerca de la playa en el noroeste de Asturias. Y se puede alquilar en verano. Aunque no la necesito porque tengo un piso más céntrico con varias cocheras, que es más cómodo.

Las naves especulan con venderlas, mi padre y mi madre.
Entiendo que son gananciales, dado que la factura de las mismas y proyecto se hizo para la ganadería de que mi madre era titular. Mi padre se dedicaba al transporte.

Me temo que 200 m2 no sean suficientes para segregar la casa con su terreno de desahogo.

Lo idóneo sería segregarla.
Porque yo soy funcionario y las naves agrícolas no me resultarían útiles, salvo para venderlas, o reconvertirlas para alquilarlas como garajes o almacenes trasteros.
Y de la casa que me dejaron mis abuelos NO deseo desprenderme.

Las naves a mi hermana que tiene un restaurante y caballos, podrían servirle.

La cuestión es que lo mejor sería segregar la finca de 200 m2 con mi casa.
Y conservar la casa mientras viva.
03/11/2024 10:47
Mire usted las normas urbanísticas del pueblo y compruebe que se puede segregar, o no ¿es suelo urbano?

Si no se puede con 200 m2, plantéese comprarle hoy a su padre los metros necesarios, a un precio que les convenga a ambos.

La parcela mínima para segregación urbana (ojo, en suelo urbano) en algunos pueblos, es de 500 m2; luego ya depende de cada pueblo, e incluso de cada zona o sector. En las Normas Subsidiarias del Principado creo que es de 360 m2.

Si la parcela mínima fuera de 500 m2, puede usted comprarle a su padre 300 m2 y aún así restarían 1.500 m2 para dar a las naves el servicio que precisen.
03/11/2024 11:15
Hoplon
Sí, tienes razón.

Dependo de las normas urbanas.

Y de la buena fé de la otra parte que sea poseedora del resto de la finca urbana/solar y de las naves.

Los 2.000 m2 me estoy dando cuenta que serían cuando mi abuelo y abuela lo compraron hace 50 años.

Luego fueron cediendo metros al borde de las dos carreteras de al lado de la finca, al cederlas para su ensanche, de forma gratuita además, según me dijeron.

Yo unilateralmente nada puedo hacer.
Solo consultar normas urbanísticas en el ayuntamiento.
Y veo que no puedo segregar yo mi casa con un trozo de finca unilateralmente porque además seguramente no alcancen los m2.
También es un momento delicado, porque necesito una cantidad de dinero para cosas más urgentes necesarias en el día a día y no quiero endeudarme.
03/11/2024 12:36
Vuestras aportaciones me aclaran bastante la situación: Extraordinarias.
Aunque el problema es complicado, porque por la forma del terreno y porque una de las naves está a 1'5 metros al norte de mi casa, es complejo ganar/comprar más terreno.
Porque además la casa al este a tres metros tiene el camino de acceso principal a la nave, de dos que hay.
Al sur a pocos metros está la carretera.
Y al oeste está la casa, con panera/horreo.
Solo se podría añadir terreno hacia el este, al otro lado del camino, y parece que puede dar problemas, no sé!
03/11/2024 12:41
*La casa del oeste es la del vecino.
Al final ni sé que puso mi padre en el último testamento, reciente.
Tuvo bronca, discusión con mi hermana.
Y la casa grande el otro lado de la carretera, la principal de las tres, mi madre dijo que el quería dejármela a mí.

El legado de la casa y el terreno por mis abuelos a mí, en su día, le disgustó muchísimo a mi padre. Y deseaba perjudicarme en su testamento. En aquel entonces.
03/11/2024 12:44
Va a ser una herencia, conflictiva.
Me llevo bien con mi hermana.
Pero entre esto, y que de las cinco casas de mi padre, dos de ellas están abandonadas y pendientes de aclarar la herencia de su tía y demás, habrá que aceptar a beneficio de inventario, no vaya a ser que sea "pan con veneno".
04/11/2024 10:26
Mire, en esta vida muchas veces sufrimos innecesariamente anticipando un mal que posiblemente no llegue nunca.

No haga nada, espere a ver qué hereda. Igual su padre se lo gasta todo y no queda nada, ja, ja.

Y si finalmente se lo deja a su hermana, recuerde que cuando su padre fallezca (inevitablemente ese día llegará) una vez que se acepta la herencia, pueden ustedes dos hacer una permuta, y le puede usted cambiar la parcela a ella por otra cosa que a su hermana le convenga.
04/11/2024 17:57
Mi padre ahora dice que me va a dejar las naves.
Y el resto del solar a mí.
En herencia. Junto con el resto de cosas que me legará.
El miércoles hablo con el ingeniero agrónomo del municipio/ayuntamiento sobre el tema de la segregación.
Lo mejor sería comprarle a mi padre un trozo del solar, de los m2 que faltan, al tener solo 200 m2, los que faltan para segregar: Aunque solo sea la nuda propiedad. Sin ser el pleno dominio. O un derecho de adquisición preferente sobre dichos m2 que faltan: Derecho de tanteo/retracto. E inscribirlo en el Registro. Aunque a veces pueden incumplirlo
04/11/2024 21:16
Pues si su padre le ha dicho eso, no haga nada y espere: usted mismo acaba de exponer que no puede dedicar dinero a este asunto porque tiene otras cosas más urgentes que atender.

Esto no es urgente, no veo la urgencia por ninguna parte. No se obsesione.
06/11/2024 09:46
He hablado por teléfono con el ingeniero agrónomo del ayuntamiento:

El me ha dicho que al ser por testamento, en concreto dos y ante notario, los de mi abuela y de mi abuelo, no habría problema en segregar 200 metros cuadrados con la superficie de la casa incluida.

Sería contratar a un técnico, ingeniero agrónomo o topógrafo, y luego al registro de la propiedad y al catastro.
Que por parte del ayuntamiento no habría problema porque sean 200 m2.

Ahora solo me queda hablarlo con mi padre, que me va a decir que no hace falta, pero supongo que sí es lo más recomendable.
06/11/2024 09:49
Me dijo el ingeniero agrónomo del ayuntamiento, que si en cambio, la situación fuese segregar una parcela para edificar, serían necesarios 1.000 m2.

Pero que ante un testamento notarial, herencia, no tiene objeciones. Y sería viable la segregación.