Hola, buenas noches..soy nuevo en el foro un saludo a todos los que lo hacéis posible,
El titulo del post es por lo siguiente:
Tengo un piso en un edificio compuesto por tres vecinos, la planta baja ocupa la totalidad del solar por parte de una persona y en la parte de arriba hay dos pisos con escaleras y entradas independientes uno a la derecha y otro a la izquierda.
Mi piso es el derecho y al subir las escaleras al final hay un descansillo con dos puertas, una a la derecha y otra a la izda. de tal manera que quedan perfectamente delimitadas dos partes: la derecha con 30 metros y la izda. con 80 metros, de tal manera que podrían obtenerse dos viviendas perfectamente separadas.
Las preguntas son: ¿Es lo mismo Segregación de vivienda que División horizontal?
¿En caso de una u otra que trámites y gastos conllevaría?
Segregación de vivienda es la inscripción en registro y catastro como unidad inmobiliaria independiente (hacer que una vivienda se transforme en dos o más).
División horizontal es el régimen por el que se rige un edificio con varias unidades inmobiliarias (la constitución de la comunidad de vecinos del edificio).
Tendrías que hacer las dos, cada una es para una cosa.
Pedronova1, Has conseguido saber todos los gatos que puedan salir para una división horizontal:
- licencia ayuntamiento
- arquitecto
- notario
¿Hay algún gasto más?
El edificio del que quiero hacer la division tiene un valo de 300000 € valor catastral
Planteas un tema que da lugar a pensar que lo que quieres saber es otra cosa, me explico:
1º.- Dices: "Tengo un piso en un edificio compuesto por tres vecinos", luego hablas de tres propietarios dos en planta alta, y otro que puede ser otra vivienda o un local en planta baja.
2º.- yo entiendo que la pregunta esta relacionada conque al final de la primera planta hay un espacio donde se pueden hacer dos viviendas, una de 30 y otra de 80 metros.
3º.- Y a qui esta mi duda, ¿quien es el propietario de ese espacio?, porque si existen tres propietarios de hecho la división horizontal ya esta realizada.
veamos
aquí se están planteando dos temas diferentes, y con pocos datos
- en el caso de Pedronova1, incluso es posible que no tenga división horizontal, que esos bienes sean anteriores a la LPH, y hasta casi mejor si no la tenga.
Lo primero es saber si esa vivienda es divisible urbanísticamente, porque esa división exige licencia municipal, y no la obtendrá si no lo permite el planeamiento ... lo que no quita que habría de cumplir con otra normativa, tal como habitabilidad.
Después de eso, habrá que hacer la división horizontal si no la hay a día de hoy. Si la hay, tendrá una faena más a lidiar, porque para modificarla habrá de obtener la conformidad de todos y cada uno de los propietarios del inmueble.
- en el caso de Miriam10, el coste que no ha apuntado es el de Actos Jurídicos Documentados, que depende de la comunidad autónoma y está entre el 1% y el 2% del valor de mercado del inmueble. Lo demás, ayuntamiento, arquitecto (supongo que un minúsculo informe), notario y registro, conjuntamente estimo que será menor del 1% del valor de mercado