Hola! me gustaría saber qué requisitos y qué coste tiene segregar o parcelar un terreno rústico en varias parcelas, todas constando a nombre del mismo titular. Sería para poder hacer pequeñas parcelas de huerto alquilables. Sería en Castilla y León.Gracias
En principio, tienes que tener en cuenta el Decreto 76/1984 que te indica la "unidad mínima de cultivo", de forma que una vez segregada la finca rústica no puede quedar ningún trozo menor que la "unidad mínima de cultivo". Esta UMC puede ser 4, 6 u 8 Has en secano, y de 1, 2 ó 3 Has en regadío dependiendo del municipio donde se encuentre ubicada.
La segregación se tramita a través del Ayuntamiento con impresos que te proporcionan allí, y tienes que adjuntar una memoria, y planos antes de segregar y como quedaría después. Tu documentación se la pasan a la Consejería de Agricultura de la CCAA y a veces a la de Medio Ambiente si le afectara. Después en un pleno del Ayuntamiento lo aprueban y te dan una resolución de su aprobación, o no. Un siguiente paso sería hacer escritura de cada uno de los trozos, pero este no es tu caso.
Los costes son los de tramitación, planos, .. y si haces escritura te indicará sus honorarios el notario.
si lo que pretende es alquilarlas, no es necesario segregar nada, sino ordenar la parcela
hace un plano con la distribución pretendida, con sus áreas de circulación, sus espacios comunes (de haberlos), sus sectores (ámbitos de cultivo, grupos de parcelas, si el número de porciones es elevado), y su número de orden de cada espacio cultivable en cada sector
a partir de ahí, ya puede alquilar el huerto 6 del sector B, o el huerto C del sector 5, sin necesidad de alterar el documento de propiedad de la parcela
Hola, mi problema es el siguiente: quiero comprar una casa con un terreno de 1.300 m que pertenece, a su vez, a un terrero de 5000m. La casa está de forma ilegal porque el terreno es rústico aunque fue construida hace 9 años y ha terminado el plazo de prescripción. E abogado de la persona que vende dice que no se puede segregar la finca pero sí se puede constituir una sociedad en la que a mi me pertenecería el X por ciento de lo que compro, o sea 1300 m con la casa.Mi duda es :
- Puedo escriturar mi parte ?
- En caso de no poderla escriturar ahora , en un futuro si pasa a ser suelo urbano ¿ cual sería mi situación?
- ¿ Corro algún riegos comprando en sociedad, existe algún prejuicio que deba saber?
Me gusta la casa y ya he dado la señal pero no sé si me puedo meter en un problema.
Agradecería contestación rápida. Gracias de antemano .
no quiero callar que estás comprando un problema
sin ver el tema en detalle (pudiera ser un chollo), mi recomendación es comprar los 5.000 m2 o que te devuelvan la señal y buscar otra cosa
no veo lógico vincular el destino de tu inversión a las vicisitudes que pudieran afectar al resto de parcela, todo ello al margen de las valoraciones, ni siquiera en forma de proindiviso, y menos en forma de sociedad si tu participación no es mayoritaria
hasta la sociedad de gananciales da problemas cuando el matrimonio flojea
Añado a lo dicho por Veo. Lo que propone el abogado del vendedor es una parcelación encubierta en suelo no urbanizable, constitutiva de infracción urbanística.
En respuesta a Joseline,
Como efectivamente comenta el compañero Trado, se trata de ordenar la parcela. Ahora mismo estamos haciendo muchos proyectos similares, puesto que la famosa burbuja, ha sacado muchas parcelas en las que sus propietarios plantean hacer aprovechamientos agrícolas o de huertos urbanos.