Buenos días:
me encuentro trabajando como técnico de la mancomunidad de las hurdes y me hacen una pregunta a la que no se qué contestar exactamente.
¿Hay una superficie mínima que deba cumplir cada parcela de una segregación en suelo urbano?
La Lesotex y Ley del suelo hace referencia a ello pero no especifica superficies, y el planeamiento de delimitación de suelo urbano del municipio (Casares de Hurdes) no menciona nada, solo respecto a suelo no urbanizable que lo limita en mínimo 10 Ha.
Por tanto, ¿es que no se pueden hacer segregaciones en suelo urbano eneste municipio, o debería guiarme por habitabilidad para un mínimo de parcela, que estaría en más o menos 45m2 y 6 mínimo de fachada?
Muchas gracias.