En 2006, a través de la CCAA, obtuve el certificado de segregación de una finca rustica. Posteriormente realice la venta, se hizo en contrato de compra venta, se cambio el registro catastral al nuevo dueño, y ahora, 14 años después, el dueño me dice que no puede registrar la propiedad porque el ayuntamiento no le acepta la certificación de segregación de la CCAA, y mi duda es ¿Quién es el responsable de hacer el registro de la propiedad, el comprador o el vendedor?¿puede negar el ayuntamiento el certificado de segregación de la CCAA?, se segrego por el encima del tamaño del mínimo exigido por ley. ¿me puede el comprador negar la validez del contrato?
Usted actuó con plena corrección jurídica y honradez negocial, por lo que el asunto de quién es el responsable de esto, a estas alturas, no le afecta en absoluto. Recomiende al comprador que se informe debidamente acerca de estas cuestiones, y que sea diligente en la dirección de sus propios negocios.
Muchas gracias por la respuesta.
Ahora el ayuntamiento niega la segregación alejando, que la finca rustica era de secano y se transformo a regadío, y posteriormente se hizo la segregación. ¿es eso posible?
La escritura de segregación no se puede otorgar sin la licencia correspondiente del Ayuntamiento. Que el terreno tenga una u otra calificación (de forma que se permita la segregación conforme a esta) es algo legal y plausible, aunque llegados a este punto han de confiarse a un profesional que revise la documentación y que se informe adecuadamente.
En su momento, la licencia de segregación me la proporciona la CCAA con su firma y sellada, no sabía que tenía que otorgarla el ayuntamiento. y fui directamente a la CCAA, y ahora no me aceptan la proporciona por la CCAA, siempre he actuado de buena fe, solo me queda el tramite de segregación del ayuntamiento para dar de alta en el registro de la propiedad la compra-venta, ¿esto podría invalidar el contrato de compra-venta?. Muchas gracias.