El tipo del delito contra la libertad ambulatoria exige que la víctima pueda gobernar por sí sus facultades motrices, porque precisamente el delito consiste en impedir el uso de esas facultades. Si hay razones médicas que justifiquen el inmovilizar a una persona, se supone que es porque esa persona no goza del bien jurídico protegido (las decisiones sobre su propia libertad ambulatoria), y por tanto a nadie se priva de libertad.
Una persona anciana esta retenida en la cama de un geriátrico, tiene sus facultades motrices limitadas. Por la noche y para su propia seguridad ( según el personal medico) le colocan unas barras protectoras en la cama , o lo atan . impidiéndole, durante X horas su libertad de movimientos. Esta es una práctica habitual en estos establecimientos. sin embargo, considero que esto representa un secuestro. No creo que se pueda privar de libertad a nadie, salvo que lo indique un juez. ¿Pueden orientarme al respecto?