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Secreto de sumario y recursos

4 Comentarios
 
Secreto de sumario y recursos
14/06/2021 16:23
Buenas tardes,

Me surge una duda procesal importante. Si tras un levantamiento de sumario se estudia la documentación y se constatan irregularidades del tipo defectos en justificación intervenciones telefónicas y auto de entrada y registro, ¿procede presentar nulidad de actuaciones o recurrir los autos que autorizan dichas medidas, aun cuando haya evidentemente precluido el plazo por tener más de 6 meses las resoluciones?

Un compañero presentó nulidad por otros motivos, le fue denegada en primera instancia, recurrio en apelacion y erróneamente se elevó recurso por el instructor (no procede contra el auto que resuelve nulidad).
El caso es que eso mismo le dijo la Audiencia Provincial, y aprovechó para incluir lo que he comentado anteriormente. No procede nulidad por no haber recurrido previamente las resoluciones (que ya han causado efectos, como detención y prisión provisional).

¿Qué os parece? Alguien tiene referencias del Supremo al respecto?

Gracias compañeros, saludos.
14/06/2021 16:38
Presenta un escrito corriente y moliente, sin formato de recurso, pidiendo lo que proceda sobre las medidas que se adoptaron en su día, y en qué basas el quebranto del derecho a la defensa, interesando directamente las acciones que convengan a tu derecho. Lo que te contesten tendrá una forma de resolución judicial que permitirá el acceso a los recursos, incluido el de nulidad de actuaciones, que ya podrás integrar en el formato que proceda contra esa resolución.
14/06/2021 17:25
Grisolía
Gracias Grisolía. Yo presenté directamente nulidad de actuaciones, que fue desestimada mediante auto que recurrí, siendo desestimado por no ser procedente recurso contra el auto que resuelve nulidad.

Pienso que lo que me queda es platear la nulidad como cuestión previa en el juicio oral. Hay alguna otra alternativa?

Muchas gracias, un saludo.
14/06/2021 20:14
Claro que puedes plantearlo como cuestión previa al tribunal sentenciador, haciendo acopio del quebranto de las normas esenciales que rigen el proceso, si esta conculcación ha producido una indefensión fatal en el cliente. El tribunal puede anular parte del proceso o todo, si las pruebas obtenidas lo han sido en base a sendas decisiones caprichosas, infundadas o sencillamente abusivas. De hecho, es más normal plantearlo ante el tribunal que va a dictar sentencia.
15/06/2021 10:11
Buenos días.

Sí, sin duda es mi planteamiento. Pero quiero evitar el hecho de que desestimen la nulidad por no haber agotado previamente la vía de los recursos, pues la nulidad sería el arma de última ratio..de ahí mi duda.

Podría plantear en el escrito de defensa la impugnación de las pruebas derivadas de lo obtenido ilicitamente, sin perjuicio de reproducirlo como cuestión previa en el juicio? Es lo que estoy barajando.

Muchas gracias, un saludo compañero.