Los derechos constituidos son los derechos que eventualmente hubiera sobre ese bien inmueble que se hayan de inscribir: usufructo a favor de alguien, contrato de alquiler, derecho de paso, etc.
Si no los hay, pues nada.
Buenas tardes, se quiere inscribir una vivienda por primera vez, que aunque hay escrituras de compra venta en 1966, con su registro notarial.
siempre se ha vivido en ella, y desde entonces todos los impuestos se han pagado.
En el catastro figura como propietarios los mismos que la compraron en su dia,
Leyendo un poco he visto que dice esto;
Título de la propiedad: documento que demuestre la pertenencia del inmueble al
promotor del expediente.
Certificación catastral: documento descriptivo y gráfico en el que consta el titular
catastral y donde se aporta información sobre la delimitación gráfica.
Datos que sirvan para identificar y localizar el inmueble, la parcela o fincas registrales.
También sería necesario aportar el nombre y domicilio de los propietarios actuales en
caso de que sean diferentes a los del certificado catastral.
Derechos constituidos sobre el inmueble o la finca y sus correspondientes titulares.
Es necesario identificar a los poseedores de la finca en cuestión y a los arrendatarios en
caso de que se trate de una vivienda.
Como se justifica los derechos constituidos? suele tardar mucho este expediente.
Gracias