Imagínate en un hipotético caso que la guardia civil te detiene por ser el presunto actor de un delito de asesinato (del que eres inocente); declaras pensando que es lo mejor y debido a tu estado de nervios dices cosas que ni sabes porque las dijiste. Gracias a Dios termina esta pesadilla y por falta de pruebas el juez suspende el caso.
En un futuro podrán acceder a tus antecedentes policiales (no penales) a pesar de que quedó en nada? no digo que lo usen en tu contra en un tribunal pero si que pueda inclinar un poco la balanza, no creéis?
Lo digo porque estaba viendo esta mañana Espejo Público y estaban hablando del caso de una una presunta estafa de un padre que recaudaba fondos para "salvar a su hija" que resulta que no estaba en peligro de muerte inminente como decía este.
En este programa uno de los periodistas-tertulianos no solo sacó los antecedentes condenatorios de esta persona (que fue condenada por estafa ante un tribunal hace muchos años) sino que también sacó unos antecedentes policiales que revelaban que también fue denunciado y detenido en otra ocasión por una estafa de compra-venta de la que acabó en nada ya sea por falta de pruebas o porque se demostró totalmente su inocencia en esa ocasión.
Entonces mi pregunta es:
¿Tu historial policial se queda para siempre grabado en la policía o guardia civil?
Bueno, en primer lugar habría que aclarar si con que el periodista "sacó los antecedentes" se refiere a que los refirió verbalmente o mostró documentación oficial, puesto las fuentes de un periodista pueden ser diversas, no solo policiales (por ejemplo conocidos, amigos o familiares del afectado que puedan saberlo). Si lo refirió verbalmente, vaya usted a saber cómo se enteró; en cambio, si lo acreditó documentalmente eso es harina de otro costal y podríamos encontrarnos ante un delito de revelación de secretos, claro que el periodista jamás dirá cómo se hizo con los documentos.
Vayamos ahora al meollo de la cuestión. En teoría, tanto los antecedentes policiales como penales se cancelan de oficio (a iniciativa de la administración sin necesidad de que el afectado lo solicite) una vez transcurridos los plazos fijados en el código penal según las penas. Insisto en que eso es en teoría, porque dudo mucho que la Admón. dedique grandes recursos a una cuestión que, una vez liquidada la justicia, solo interesa al interesado, valga la redundancia. La cuestión de la caducidad y cancelación de oficio está bastante clara en cuanto a los antecedentes penales, pero no en cuanto a los policiales, pues una detención podrá acabar en condena por el delito que se detuviera, por otro distinto, o en nada. Los cuerpos policiales ignoran cómo acaba la detención, ya que no se les comunican las sentencias o resoluciones de archivo ano ser que sean parte en el procedimiento. Supongo que, ante la duda, los plazos serán los mismos que los fijados para la hipotética condena para el delito en que se basara la detención.
El punto siguiente es que el interesado puede instar, y obtener, la cancelación de los antecedentes tanto policiales como penales, una vez se cumplan los requisitos para ello. Para más información al respecto consulte: http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/cancelacion-de-antecedentes-policiales/procedimiento.
En fin, que como puede comprobar, la pregunta que planteaba en primer lugar solo se puede contestar en parte ¿los antecedentes se quedan para siempre? La respuesta más correcta, pero no definitiva, es que no (ya que si el interesado lo solicita y tiene derecho a ello se cancelan con toda seguridad) ¿pero funciona correctamente la cancelación de oficio o existen expedientes cancelables desde hace años que, no obstante, aún constan en las bases de datos? Me atrevo a aventurar que así es. En cuanto a la segunda pregunta ¿cómo se ha enterado el periodista? es imposible responderla, entre otras cosas porque un periodista goza legalmente del derecho al secreto profesional, es decir que no tiene porqué revelar sus fuentes (ni debe hacerlo, so pena de quedarse sin fuentes y violar el código ético de la profesión)
Si ha cumplido la pena impuesta que origino esos antecedentes policiales debe acudir al juzgado y solicitar escrito de extencion de la pena, y en cualquier oficina policial (CNP o Guardia Civil) solicitar la documentacion para la cancelacion de los mismos.- Le contestan por escrito
Siento decirte que los antecedentes policiales en realidad, nunca desaparecen. He trabajado en estos temas y te justifico el porqué. Cuando se manda un atestado al Juzgado, se queda una copia en el archivo del local de la denuncia y además se manda copia al servicio central de que dependa el centro policial. En ese servicio central se guarda otra copia e incluso queda otra en la provincial si se diera el caso.
Tenemos entonces ya tres copias en papel en tres lugares distintos que no es el Juzgado.
También se registra de forma informática.
Durante el tiempo que trabajé, ni una sola vez llegó un listado para suprimir expedientes y menos antecedentes sueltos.
Cierto que de vez en cuando se hacen expurgos, pero no creas que es por suprimir antecedentes. Es por límite de espacio físico. Los legajos ya no caben en el archivo y entonces se hace limpieza por fallecidos x años atrás.
Si ya hay problemas de personal para actualizar antecedentes, requisitorias…
Curioseando en legajos al azar me llegué a encontrar señores con antecedentes de cuarenta años atrás. Hasta procesados por la Ley de Vagos y Maleantes.
Y mas gordo. Hace años, un político fue detenido al consultar antecedentes por el ordenador en el aeropuerto de Barajas porque tenía antecedentes por comunista, en plena democracia. La diferencia de este señor con uno de la calle, es que este señor la armó y el de la calle como mucho, recibe alguna disculpa.
En el caso que cuentas, exigiría un certificado de destrucción de reseña y antecedentes.
Como si encuentran luego a un señor empalado con un sable y tu decadactilar completa, (menos el índice) a lo largo de la hoja. Debe de sentar muy mal saber que uno es el malo pero no hay forma de cogerle.
Respecto al programa que cuentas el periodista tendrá su derecho a informar y a proteger sus fuentes, pero la otra es inocente hasta que se demuestre lo contrario y podría meterle mano al periodista. A ver si el secreto profesional de un periodista ahora se va a convertir en patente de corso para injuriar. Existe una cosa que se llama derecho al honor, intimidad y porqué no, derecho al olvido. Cosa de estudiar lo que se emitió.