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se pueden reducir horas de las que se tienen en el contrato?

10 Comentarios
 
Se pueden reducir horas de las que se tienen en el contrato?
20/05/2011 14:43
Buenas a todos y agradecería que alguien me ayudase con el siguiente tema:
LLevo 4 años en un comercio que solo somos el dueño y yo, o sea, yo el único contratado,mi contrato es indefinido y a tiempo parcial(27 horas semanales)hace poco, de mutuo acuerdo, firmé un documento redactado por el dueño,cambiando un dia de los que trabajaba por otro,(jueves por lunes) y además 1 hora semanal menos,Ahora me dice que quiere reducir 4horas más, semanales, ésto se puede hacer?pretende hacer un documento firmado por ambas partes .Se puede ir reduciendo la jornada laboral de ésta manera?pues esa es mi pregunta .según la otra parte, si se puede. No sé...que alguien me diga si sabe algo o si se han encontrado en algo igual, porque el caso es: como no hay trabajo, te voy restando horas para pagarte menos, no sé si se puede hacer.....Gracias de antemano si alguien me contesta!
20/05/2011 15:48
sí se puede hacer... siempre y cuando tú quiereas.
De eso se vale, de que si tu firmas se puede hacer, por eso siempre te lo pone a la firma, a ver si cuela.

Para obligarte deb hacer un ERE y no creo que esté por la labor, prefiere el engaño o el despido.
Eres tú el que le debes decir, si te parece, que no.
Las consecuencias puden ser:
- todo sigue igual
- presenta un ERE, lo dudo...
- te despide con indemnizacion
- tragas.

La solucion, como casi siempre, está en tus manos.
20/05/2011 19:08
Archilla:

¿Un ERE por un solo trabajador?. Se necesita al menos un número superior a cinco trabajadores cuando afecte a la totalidad de la plantilla y aquí estamos hablando de un solo trabajador.

En cuanto a la reducción de jornada la Sentencia Sala Social Cataluña, de fecha 22 de septiembre 2010, dice. "Pero es que, además, la reducción de la jornada de trabajo en el supuesto que contempla el artículo 12.4.e) del Estatuto de los Trabajadores no constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo a las que se refiere el artículo 41.1 .a) del mismo texto legal, sino una novación contractual que solo puede llevarse a cabo por el mutuo acuerdo de las partes, de ahí que no resulten aplicables tanto el artículo 41.1.a) del Estatuto de los trabajadores como el procedimiento establecido en el artículo 138 de la Ley procesal"

Artículo, 12, 4, e) La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador y no se podrá imponer de forma unilateral o como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo al amparo de los dispuesto en la letra a del apartado 1 del artículo 41. El trabajador no podrá ser despedido ni sufrir ningún otro tipo de sanción o efecto perjudicial por el hecho de rechazar esta conversión, sin perjuicio de las medidas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 52.c de esta Ley, puedan adoptarse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

En definitiva, salvo el acuerdo con el trabajador no puede imponer el empresario al trabajador la reducción de jornada vía ERE

Esta es mi opinión.
20/05/2011 19:27
Andres , leete el art. 47 ET , suspension de contrato o reduccion de jornada
saludos
20/05/2011 22:11
gracias por informarme, pero no despejo mucho mis dudas ,yo creo que como siempre,mejor pasar por el tubo, pero ésto me afectará tambien en el futuro a la hora de indemnizarme o cobrar el paro, porque al final hago menos horas de las que tengo en mi contrato, no?Lo que me fastidia es que te quitan horas y sí o sí, quieras o no, y si no quiero firmar nada?
21/05/2011 01:03
Rivas210
¿has leido lo que te he puesto mas arriba "en cristiano paladin"?
te lo repito:

Para obligarte debe hacer un ERE y no creo que esté por la labor, prefiere el engaño o el despido.
Eres tú el que le debes decir, si te parece, que SI o que NO FIRMAS.
Las consecuencias puden ser:
- todo sigue igual
- presenta un ERE, lo dudo...
- te despide con indemnizacion
- tragas.

La solucion, como casi siempre, está en tus manos.

El "tragar" hace que:
- cada vez trabajes menos horas... y cobres menos
- menos cotizaciones para pensiones, bajas, paro, etc

Es lo que hay, de ti depende el tragar o plantarte
21/05/2011 14:07
Como dice JM30 el art. 47 ET dice:
"Artículo 47. Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor. (Modificado por el Art. 7 del RDL)



1. El contrato de trabajo podrá ser suspendido a iniciativa del empresario por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 51 de esta Ley y en sus normas de desarrollo, con las siguientes especialidades:

a) El procedimiento será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y del número de afectados por la suspensión.

b) El plazo a que se refiere el artículo 51.4, relativo a la duración del período de consultas, se reducirá a la mitad y la documentación será la estrictamente necesaria en los términos que reglamentariamente se determinen.

c) La autorización de esta medida procederá cuando de la documentación obrante en el expediente se desprenda razonablemente que tal medida temporal es necesaria para la superación de una situación de carácter coyuntural de la actividad de la empresa.

d) La autorización de la medida no generará derecho a indemnización alguna.

2. La jornada de trabajo podrá reducirse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción con arreglo al procedimiento previsto en el apartado anterior. A estos efectos, se entenderá por reducción de jornada la disminución temporal de entre un 10 y un 70 por ciento de la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual.

3. Igualmente, el contrato de trabajo podrá ser suspendido por causa derivada de fuerza mayor con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 51.12 de esta Ley y normas reglamentarias de desarrollo."


Eso es lo que pone, pero yo no sé si presenta expediente a la administración o que, solo sé que querrá que le firme que le acepto la reduccíon de horas,Yo no sé si se tramita o qué, tengo yo que tener algún documento de la administración de trabajo? Mejor me voy a un gestor que me informe?en los sindicatos me pueden decir algo tambien??
Gracias de todos modos.
21/05/2011 16:21
nadie te va a decir nada sin papeles y desde luego si tú le sigues firmando todo a tu jefe, él no necesita ni pedir ERE ni gaitas, tiene un chollo en la empresa: un trabajador que le firma lo que sea a su voluntad.
¿posible objetivo?

Como sabes en españa el despido ES libre, pero de momento NO ES gratis; pues bien, con el truco del almendruco de bajarte las horas, al cabo de un tiempo va a conseguir que trabajes una hora a la semana ... y el despido entonces sino es gratis, es mejor que eso: UN CHOLLO. Ése es el camino que quiere seguir, ponle freno cuanto antes y vete donde quieras, es lo que hay.
21/05/2011 22:49
Ya he pedido hora en una asesoría laboral, a ver que me dicen , prefiero gastarme el dinero y que me informen bien,que no hacer el primo,
gracias de todas formas.
22/05/2011 00:05
de entrada, con mis mejores respetos, vas a hacer el primo poque te van a "asesorar" y cobrar por no hacer nada, dado que vas sin nada...
Si te dicen lo contrario que te hemos dicho aqui, gratis, nos avisas por favor.
22/05/2011 20:39
Mira, archilla, tengo mi contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial , eso lo primero, y luego tengo otro redactado por la gestoria y donde pone que se cambia jueves por lunes, para trabajar y luego que se reduce una hora semanal,A mi reducir una hora no me importa, pero reducir tres mas y la que ya no tengo, son cuatro horas a la semana, que en media jornada me parece mucho,y no quiero,Ya he pedido informacion por aquí , y claro que cuesta caro pagar un abogado que me informe, preguntaré en una gestoria a ver si es mas barato,Total yo lo único que quiero saber si es así, que se pueden ir reduciendo horas,sin más, claro que si cierra,que no lo veo dificil, la imdenizacion, será proporcional a los años que llevo, y supongo que sí, habrá una parte, que contará menos, que son éstos dos meses que llevo haciendo una hora menos semanal,lo que yo quiero saber tambien, si el papel que yo firmo vá a la administración (Y si a mi me tienen que decir algo)que es como me quedo tranquilo, o se queda en un cajón, para el supuesto que yo denuncie,pero si no presenta nada en la administración de trabajo, peor para él,porque no solo está defraudando, si no, que además a mi me tendrá que imdenizar por las horas que pone que trabajo en el contrato, y para el paro, contará igual,
bueno no sé,Lo que tengo claro es que yo no me voy a ir por mi cuenta, sino, que, a unas malas cojo la baja, con lo cual le fastidia, o me indemniza y me voy a el paro, No me gusta hacer historias pero bueno, es un ultimo recurso....