No hay ningún problema para constituir en regimen de propiedad horizontal un conjunto de viviendas adosadas.
En cuanto a la realización de posibles mejoras en una de esas viviendas, habría qeu ver el título para comprobar cuales son los elementos privativos, y cuales los comunes.
En los privativos, podrás hacer las mejoras que quieras (siempre y cuando las obras no afecten a la estructura del edifcio, el aspecto de la fachada, que suele ser considerado un elmente común, etc).
No podrás hacer 'mejoras' que afecten a elementos comunes, salvo acuerdo de la comunidad.
Saludos.
¿se pueden contemplar como propiedad horizontal, viviendas adosadas?
Compré una planta baja, adosada. Al intentar realizar unas mejoras, en el ayuntamiento me dicen que están calificadas como propiedad horizontal.Las viviendas tienen unos treinta años.
¿Es eso posible?
¿Como se puede cambiar la calificación?
Somos 40 propietarios y a casi todos nos interesaría
Gracias.