Que tal buenos días.
Hace ya unos años heredé junto con 2 mis hermanos una pequeña propiedad, que anteriormente pertenecía a mi padre. El tema es que entre que estoy parado hace mas de un año, y el mal estar de una sociedad que no funciona con mis hermanos, no veo otra salida que vender. Esta casa no es la casa familiar, esta era de mi difunto padre y solo pertenece a mis 2 hermanos y yo. Tengo todas las escrituras en regla, incluido el cuaderno particional. y mi pregunta es ¿Puedo yo vender mi parte indivisa de ese inmueble? Se que Lo ideal sería ponernos deacuerdo y vender los tres, pero ya en su momento aceptaron vender y a la hora de la verdad se echaron para atrás. Se también que hay empresas que se dedican a comprar partes indivisas como comproindivisos, pero lo que dan es un 40% o sea menos de la mitad.
Otra duda que tengo es en el caso de poder vender, si hacienda me descuenta algo. Ya que una persona me comentó de que al dividirse la casa en tres, y cada parte no superar los 30.000€, no descuentan nada.
Slds
sí, puede vender, aunque sus hermanos tienen derecho de tanteo/retracto, en adquirir esa parte en el mismo precio
en cuanto a pagar, por uun lado habrá de pagar las plusvalías municipales (es muy poco dinero) y, en cuanto a Hacienda, no es verdad lo de 30.000, sino que habrá de incluir en Renta el incremento patrimonial, la diferencia, en la parte que le corresponde a usted, entre el precio de venta y el valor declarado en el cuaderno particional ... sin que yo pueda predecirle si el resultado final será que haya de pagar algo o no haya de pagar nada
¿Y como notifico mi intención de vender mi parte de la casa de forma fehaciente a mis hermanos?
En cuanto a las plusvalías ya las hemos pagado, por lo menos el ayuntamiento así lo notificó en la carta.
Puedes notificar a través de burofax, a través de Notario, personalmente con algún testigo o por carta certificada con acuse de recibo (esta última puede dar más problemas).
Pagaste las plusvalías en el momento de adquirir la propiedad, pero ahora si vendes deberás hacerlo nuevamente, si el precio de venta supera al precio indicado en la aceptación de la herencia.
para las llamadas plusvalías municipales (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) no importa el valor de venta, ya que está relacionado con el valor catastral del suelo y el número de años transcurridos desde la última transmisión. Aunque no haya trascurrido un año desde la herencia a la venta, habría que presentar la liquidación causada por la venta, aunque en ese caso estaría exenta de pago, y de muy pequeña cuantía si han transcurrido 1, 2, 3 años
si no le justificas al notario que previamente has notificado a tus hermanos el precio de venta, y que ha pasado el plazo sin ejercerlo, el notario les comunicará la venta para que puedan ejercer el derecho de retracto
Para veo: Sí importa el precio de venta; otra cosa es que se pueda probar fehacientemente el mismo. La diferentes normativas sobre el "Incremento del valor...", presumen erróneamente que los precios de venta son mayores que los de la anterior transmisión, y por ello, las haciendas locales entienden que el hecho imponible ha tenido lugar, y por ello proceden a calcular la base imponible en virtud de los valores catastrales.
El impuesto no será de recibo si se consigue probar que el hecho imponible no ha tenido lugar.
Por si os sirve de ayuda yo contacté con un grupo muy serio que me solucionó el tema de un piso que tenia conjuntamente con mi hermana,
No había forma de poder entenderme con ella, se negaba a todo.. Pues gracias a ellos rentabilizé el 50% que yo tenia, y a día de hoy estoy muy contenta. Os dejo su numero de contacto por si os puede interesar hablar con ellos. No cobran por estudio ni asesoramiento, almenos a mi no me cobraron nada
Es el * (creo recordar que el chico que atiende el teléfono se llamaba Pedro).