Hola, tengo el siguiente problema
tenemos una plaza de parking, este parking esta constituido como comunidad pero dentro de la comunidad de la finca, no se si me explico, nos vemos siempre agraviados con el tema de obras en la fachada y tal hasta el punto de que por coeficiente tenemos que pagarles el 21% del presupuesto total cuando se hacen obras en la fachada como ha sido el caso reciente, ellos prácticamente nunca han de contribuir con obras que se han de realizar en el parking, el tema es que ahora se ha realizado obras en la fachado interior del edificio, padece ser que no se han preocupado de cumplir los requisitos que marca el ayuntamiento para recibir la subvención por las citadas obras, estos requisitos entre otros son retirada de aparatos de aire acondicionado, al padecer ellos ya consideran bastante subvención que el parking pague el 21% del coste total de las obras, entomces mi pregunta es si por no haber querido ellos cumplir con los requisitos para recibir esa subvención se puede determinar que la comunidad del parking ha sufrido un daño económico y poder reclamar estos daños econónicos. he de decir que ni tan siquiera nos consultan a la hora de aprobar presupuestos, solo se encargan de pasar la derrama correspondiente. Hoy precisamente tenemos reunión anual de la comunidad y me gustaría exponer el tema.
si el conjunto del parking supone el 21% de coeficiente, tienen ustedes voto por el 21% y han de pagar el 21% de los costes de reparación de los elementos comunes, lo que incluye las fachadas, pero no los aparatos de aire acondicionado o elementos interiores de las viviendas
el resto de la comunidad habrá de pagar su parte, el 79%, de las reparaciones en los elementos comunes, que incluye la estructura del parking, su cubierta y su fachada, pero no de las obras interiores propias del parking (pintura en paredes o suelos, pavimento, iluminación, etc)
¿Cuantas plazas de aparcamiento tiene el parking?.
Su parking tiene una vinculación del 21% en los gastos estructurales y cerramiento del edificio (pilares, paredes maestras, azoteas, fachadas, etc...). y la comunidad de viviendas el 79%.
Estas obras están consideradas como necesarias, es decir, que hay que hacerlas y todos tienen que contribuir por coeficientes de forma general.
Referente a las ayudas que usted dice, resulta que pocas comunidades las pueden pedir. Y digo "pueden" porque el listón a cumplir impuesto por la Administración es tan alto, que no merece la pena, es más, lo ponen precisamente para eso, para que nadie lo pida. El coste supera el beneficio. Desde retirar todos lo aparatos de A/A, cerramientos privados, etc... es una petición absurda por parte de la Administración ¿qué les molesta que haya aparatos de A/A en los balcones?. No están prohibidos. ¿por qué exigen quitarlos y ponerlos en las azoteas, cuando desde esa altura el componente refrigerante no llegaría a la propia vivienda?. Es absurdo. No, es para impedir que usted pueda alcanzar esa ayuda. Además la ayuda tiene un limite porcentual que pudiera ser el 10%. No merece la pena, está hecho para eso, para que no se pida, independientemente del tramite burocrático que conlleva.
Me gustaría que me contestara a la primera pregunta.
¿Cuántas plazas de garaje tiene usted en ese parking?