Hola, he visto en el foro custiones parecidas, en las que, como resultado de la liquidación de saldos del ejercicio de la comunidad de vecinos, a algunos les salia positivo, y planteaban si debían dar la parte correspondiente al anteior propietario. Mi cuestión es similar, pero con cambios.
Trato de explicar lo mejor posible porque es un tema complicado...
Es una urbanización con 2 fases, que tenía un administrador para 1 fase, dado que la otra no tenía aún la licencia de habitabilidad. El anterior administrador, hizo una liquidación de cuentas en las que repartía gastos entre las dos fases, porque a la fase 2 le dieron la licencia de habitabilidad justo en el último mes del ejercicio, y en esos saldos devolvía dinero a la fase 1, y gravaba a la fase 2... Pero, justo en el siguiente mes, cambió el administrador que ya sí se ocupaba de las 2 fases. 6 meses después, el nuevo admin recibió la liquidación del anterior y se encontró la sorpresa. En la fase 2 no habíamos tenido servicios de limpieza ni conserjería (aunque esta era compartida, pero no nos daban ni los buenos días a los de un lado) hasta la entrada del nuevo administrador, se encargaban los obreros de la constructora, administradora de la fase 2 hasta ese momento.
Como solución de consenso se decidió repartir por coeficientes el saldo resultante de recontar ingresos y gastos.
El ejercicio va del 1 mayo al 30-abril del año siguiente. El saldo que me asignan es -104€. Si yo escrituré a finales de septiembre (28)... ¿debo asumir la totalidad? ¿o puedo reclaamr al anteior propietario, la constructora, los 5 meses anteriores a mi escrituración? ¿debo pagar yo y luego reclamarselo? ¿o puedo pagar solo lo que corresponde de dividir el saldo entre 12 meses y multiplicar por 7, que son los meses en los que yo he sido propietario? ¿puede (o debe) el administrador, en nombre de todos los que estamos en el mismo caso, reclamárselo a la constructora, anterior propietaria de los pisos, y aún actual propietaria del 90% de los pisos de la fase 2?
Mis escrituras indican que el piso se me entrega libre de otras cargas y al corriente de pagos (es hipoteca subrogada).
Perdón por extenderme tanto, y muchas gracias a quien me pueda ayudar.