Tengo una duda y me gustaría saber si alguien tiene alguna noción.
Si una persona que tiene una orden de alejamiento decide preguntar por la persona de la que tiene la orden de alejamiento a través de un tercero (amigo, vecino etc) donde vive actualmente, cómo está etc. se consideraría también que está inquebrantando la orden??
Por otra parte, si la persona que tiene la orden de alejamiento hace este tipo de llamadas en sus días de permiso, sería hacer un mal uso del permiso y existirían consecuencias (revisión de futuros permisos, regresarle al grado anterior, cumplir el 100% de la condena)??