La ley obliga a que cada propietario pague acorde a su cuota de participación en su propiedad. Aunque ustedes no den hacia ese parque interior, si son dueños de el, por lo que deben de mantenerlo tambien. Ya que esa propiedad es de ustedes porq no la cierran mediante vallado?
urbanizacion de 9 portales, 4 interiores y resto su entrada da a calle publica, al ser propiedad privada, aunque abierta? el ayuntamiento retira el alumbrado publico que teniamos desde hace 40 años, siendo necesario el instalar dicha iluminacion, los portales exteriores son reticantes, las escrituras traen cuota de participacion de cada vecino en el patio, se puede obligar a pagar esta iluminacion?, es obligatorio la constitucion de una mancomunidad de los 9 portales para el mantenimiento del patio y sus jardines, gracias