Saludos. En la última reunión extraordinaria, en la convocatoria, el secretario o administrador se olvidó de hacer constar los vecinos que no tenían derecho a voto por ser morosos. En la reunión, algunos de esos vecinos, pese a saberse morosos, manifestaron que ellos no creían que fueran morosos y que por no habérseles notificado este hecho en la convocatoria, iban a impugnar la reunión (los acuerdos que se querían adoptar, no les convenían, por supuesto). El administrador propuso la solución de computar inicialmente sus votos, pero que luego comprobaría las cuentas y, si se confirmaba que eran morosos, se lo notificaría y no se computarían finalmente sus votos. Los vecinos aceptaron y votaron los puntos.
Pero claro, ahora resulta, efectivamente, eran morosos y el resultado de la votación, que exigía las 3/5 partes, no es de su gusto y los vecinos tememos que impugnen la reunión para anular los acuerdos.
¿Pueden hacerlo? ¿debemos repetir la reunión? Si es así ¿cómo se debe repetir? Muchas gracias por anticipado y un saludo.
Es que no les podéis privar del voto, su voto es válido pues en la convocatoria se debe hacer constar que los morosos no pueden votar y advertir a los propietarios morosos de sus deudas.
La solución es más sencilla, convocáis otra reunión bien convocada, se les priva de voto si no pagan y si hay mayoria, no habrá problemas.