Desde hace un par de meses no se nada de mis hijas ya que mi ex decidio una revisison del regimen de visitas y asi lo consiguio cautelarmente, pero nunca en la sentencia provisional pone nada de no comunicarme con ellas ya que en el juzgado, en asuntos sociales y mi propia abogada me han notificado lo contrario eso si el no verlas como esta escrito judicialmente. Esta señora siempre a echo lo que la venido en gana con las cosas desde un primer momento imponiendome un regimen de visitas que en ningun momento durante los casi tres mese del juicio de diborcio, hasta la sentencia de divorcio que asi quedo reflejada.
¿Es posible denunciar este echo (por maltrato psicologico) ya que me esta afectado psicologicamente a mi y a mi propia familia ya que esta señora estimara ella por su propia iniciativa el poder comunicarmen con mis hijas por telefono que yo las regale?
Espero sus respuetas gracias
Pediria por favor ayuda para resolver este problema ya que estoy pasando unos momentos muy delicados personales y metidocada vez mas en una depresion vastante importante.
Dice que existe una modificación de visitas iniciada por la madre
1. ¿Existe alguna resolución judicial que prohiba las visitas?
2. ¿Existe alguna resolución judicial que prohiba la comunicación telefónica?
3. En la sentencia judicial inicial ¿ordena comunicación telefónica de los menores con el no custodio?
Si la respuesta a la cuestión tres es NO, y aunque la respuesta a la cuestión 2 sea NO, la madre nada infringe por no posibilitar la comunicación telefónica, por tanto no es denunciable (o sí puede denunciarse, pero no prosperará la denuncia)
Si la respuesta a la cuestión 1 es NO, sí es denunciable cada vez que los menores no estén con Vd. conforme a la sentencia en vigor.
Dice que esta situación de incomunicación ¿telefonica y presencial? con sus hijos le afecta sicológicamente a Vd. Debe asistir a terapia para paliar el daño y que cuando trate con sus hijos no sufran merma en la calidad de la relación.
Me temo que ser varón y sentirse dañado sicológicamente porque el custodio impedir la comunicación con los hijos comunes no está tipificado como delito. Mejor busque asesoramiento sicológico especializado de como sobreponerse a la situación...y sufrir el menor daño posible...
Osea que como siempre la mujer tiene mas derechos que el hombre respecto a decir si quiere que sus hijos se cominiquen con su padre o no, pues bien respectoa a las tres preguntas que formulas contesto
1º.- SI
2º.- NO
3º.- SI
Pues con esto espero que si usted puede contestar lo agau siempre teniendo en cuenta que la madre no solo corta la comunicacion conmigo el padre si no que tambien con cualquier persona de mi propia familia la cual sufre este ataque frontal psicologico por ello.
Si La sentencia inicial marca comunicación telefónica de los menores con el no custodio y no existe otra resolución judicial que la prohiba, y el custodio impide la comunicación telefónica parece que procede denunciar los incumplimientos de comunicación telefónica. La frecuencia a denunciar puede depender de la redacción exacta de la sentencia sobre comunicación telefónica.