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se puede contratar en precario, sin cobrar a precarista precio alguno?

2 Comentarios
 
Se puede contratar en precario, sin cobrar a precarista precio alguno?
21/05/2004 12:15
Me gustaría saber si puedo hacer a un cliente un contrato en precario de una finca de mi propiedad, sin cobrarle ningún precio, pero que a cambio me dé las tierras labradas. Se debe a que en 1 año se empieza a urbanizar esa finca. el contrato en precario, ¿puedo deshauciar al inquilino cuando quiera?
Gracias.
09/06/2004 10:39
el contrato en precario se caracteriza por ser de caracter gratuito, es decir, sin contraprestacion de ningun tipo ya sea dineraria o en especie. en tu caso si tienes intencion de recolver el contrato deberías hacerlo verbal y no escrito. para poder resolver el mismo en caso de no lograr un acuerdo amistoso, deberias interponer una demanda de desahucio por precario.
un saludo
09/06/2004 19:30
En mi opinión lo ideal es hacer el contrato por escrito ante Notario, en escritura pública, pues es de la única manera , en mi opinión, de probar que el precarista conocía las condiciones bajo las cuales entraba en posesión del bien. Sin embargo, no haría constar la obligación de labrar las tierras. La intención de la escritura pública es la de convertirla en título ejecutivo, es decir, pactando ya desde ahora cuál será la fecha en que el precarista deba abandonar la cosa. Lo que sí te aconsejo es no cobrar renta ni siquiera en dinero negro, es decir, que en el momento en que el precarista pueda acreditar que te paga una cantidad, aun en dinero negro, el precarista intentará quedarse alegando que se trata de un arrendamiento. Cuidado y suerte. Saludos