Ha de saber que para el ejercicio de la abogacia en turno de oficio esta sujeto a una normativa rígida. Esta normativa exige, para poder actuar en el turno de oficio, una experiencia previa bastande sólida. Ésto significa que si le han asignado a esa abogada seguramente SÍ sabrá qué hacer.
Otro de los requisitos fundamentales (y lógicos) es la localización en un despacho, que puede ser suyo o no, lo puede compartir o no, pero eso es irrelevante, la cuestion es poder atenderla eficazmente.
Otra cosa muy distinta es que dicha abogada, aun reuniendo los requisitos para poder ejercer la abogacía en el turno de oficio, no lo ejerza como usted desea, es decir, hablamos de su pericia profesional y profesionalidad y es que, como en todos las profesiones, hay unos trabajadores mejores que otros. En este caso, usted sí puede solicitar el cambio en el colegio correspondiente.
Law Muchisimas Gracias por tu respuestas, es que lamentablemente todas las gestiones ella me los hace por internet, es decir nos comunicamos por e-mail , y no de forma presencial.
Desde que me la asignaron lo unico es que me dice es que no sabe como enfocar mi asunto. Y lo ve muy complicado . y solamente es hacer una reclamación de pension de alimentos. tampoco es un asunto tan complicado.
Me quedado de nuevo más tranquila en concepto a tu respuesta.