¿Si un juicio verbal es iniciado por una deuda de 1.000 € y luego, antes del día del juicio se abona la totalidad del dinero, y se acude al juzgado con el resguardo, se puede anular el juicio dado que no hay causa, y si fuere así, no deberían de imponerse costas judiciales, no?
Comentar que previamente se acudio al juzgado por una citacion conciliatoria para informar de la deuda.
Gracias a haber presentado un estudio geotécnico hemos ganado un interdicto por segunda vez en el que nos ha hecho daño en la finca. Ahora al pedir daños y perjuicios nos han desestimado la prueba de nuestro perito y a ellos le han aceptado tres peritajes y nuestro estudio geotécnico como si fuera de ellos. En el juicio han mentido y no han tenido en cuenta las fotos de nuestra acta notarial, no queremos apelar de lo que se trata es de anular este juicio por haber vuelto a juzgar lo que ya estaba decidido en el juicio. Es esto posible que un estudio geotécnico nuestro lo utilicen ellos en nuestra contra, que se tome en cuenta por segunda vez, a pesar de decir al final que nos da la razón, ellos han cogido aleatoriamente frases fuera de contexto.
Las pruebas periciales no vinculan al juez, que puede valorarlas con la misma discrecionalidad que cualquier otra prueba. El peritaje es vuestro en cuanto lo presentáis vosotros, pero no tiene por qué "ir a vuestro favor" en la valoración de la prueba.