Qué requisitos o permisos son necesarios o indispensables para que un pequeño local comercial pueda ser utilizado una parte como apartamento. Por parte del arrendador no hay inconveniente pero el arrendatario quiere cumplir legalmente todo lo exigible para no tener problemas con el resto de vecinos.
Agradezco la mejor información que se me pueda facilitar. Muchas gracias
Legalmente es imposible, carece de LICENCIA MUNICIPAL DE SEGUNDA OCUPACIÓN (cédula de habitabilidad). No puede utilizarse para uso residencial, ni todo ni en parte.
Hacerse se hace de continuo...
Gracias, Salvagm, por su respuesta. No sabía que los locales comerciales carecen de cédula de habitabilidad. Entonces, si se dedica solo para uso comercial, qué documentación hay que exigirle al arrendador para poder alquilarlo en regla y no tener problemas posteriores con nadie (Ayuntamiento, Hacienda, Comunidad de vecinos). Gracias de verdad.
Ese tema no tiene relación con la LPH.
En principio le haría falta contrato de arrendamiento y licencia de apertura de establecimiento. En función de la actividad a desarrollar se puede complicar bastante, incluso puede serle denegada la licencia de actividad
Perdón, creo que no me he explicado bien. Contrato de arrendamiento del local hay que hacerlo y se hará. La licencia de apertura creo que es deber del arrendatario, pero lo que se pregunta es qué requisitos son exigibles al arrendador para que poner en marcha el local comercial no tenga objecciones ni impedimentos graves posteriores.
Pregunto: ¿Existen muchos pisos en los cuales la propietaria vive y también ejerce como peluquera e incluso tiene anuncio colgado en la fachada del bloque? Por qué el piso pese ser parcialmente usado como local, y el local no puede ser usado parcialmente como piso?
Hago la pregunta con la mejor buena fe y a ver si me podéis aclarar algo. Muchas gracias
Depende del uso asignado en el titulo constitutivo. Si el uso es muy generalizado como por ejemplo "El uso del local es para el que tenga por conveniente su titular" Perfectamente puede darle el uso que quiera.
En una vivienda se puede desarrollar una actividad económica siempre que lo estatutos de la comunidad donde se encuentre no lo prohíban, pero de entrada no hay ningún problema legal.
Respecto a usar como vivienda un local ya le respondía hace días.
Si lo quiere hacer hágalo, dudo que pase alguna inspección y más aún que le impongan alguna sanción con la crisis actual. Pero NO ES LEGAL
mire las ordenanzas municipales de su ayuntamiento, porque tengo entendido que sólo se puede realizar a cierta altura, (1º piso, o 2º piso), según sea el negocio a poner en una vivienda.
ya le digo no estoy seguro