Contratar a un administrador de fincas profesional, si es bueno y honrado, puede facilitar mucho la tarea pero eso no elimina la obligacion de los propietarios de asumir la presidencia.
Mucha gracia a los dos, sí que me vale Jalisco y te lo agradezco ya que es un problemón lo que tengo.
Estoy luchando por una comunidad mejor ya que por desgracias hay bastante lio por haber tanto piso alquilado, ya que esos inquilinos casi todos inmigrantes dan problemas de convivencia.
en especial hay una propietaria que tiene tres pisos de alquiler hace 20 años y nunca ha sido ni presidenta ni secretaria y tampoco administradora,ni nada de nada, ni siquiera ha venido a las juntas.
Yo me he propuesto que cada uno asuma su responsabilidad y no se dedique solo a cobrar el alquiler.
Te digo mi experiencia
Me nombraron en mi comunidad Presidente-Secretario y Administrador, vivo a 400 km de distancia.
Presenté alegaciones al Juez y no me dió la razón, por lo cual tuve que ser Presidente-Administrador y Secretario.
¿Te vale de algo?
Segun el articulo 13 de la Ley de propiedad horizontal, la presidencia solo puede ejercerla un propietario. No se hacen excepciones por la edad, ni por la residencia. La comunidad puede acordar eximir a un propietario de no ejercer el cargo pero si no lo hicieran tendrian dos opciones:
.- Que se nombre presidente y que este, en el mes siguiente a su nombramiento presente sus alegaciones ante el juez y sera quien decida si continua o no en el cargo.
.- Que la comunidad ante semejante panorama acuda a la justicia para que el juez decida quien debe ser el presidente.
El cargo de administrador lo puede ejercer tanto un propietario como alguien que no lo sea y preferentemente un buen profesional. Si alguien sabe que la mayor parte del trabajo se lo daran hecho y solo tiene que controlar y firmar es posible que no haya tantas deserciones respecto al cargo.
Un saludo.
Se niegan a ser presidentes de la comunidad cuando les toca
La mitad de los pisos de mi comunidad están alquilados,de los otros una parte de los propietarios son mayores, quedando dos vecino para ser presidente y secretario , se da el caso que este vecino que acaba este año su presidencia vive en otros sitio.
El problema es que hace dos años fui presidente y este año secretario, a la persona que le toca este próximo año se niega a serlo por mayor y por no vivir aquí, además dice estar enferma,
Este problema lo tenemos con todos ya que se excusan en vivir lejos para no ocupar la presidencia o ser secretarios, "alguna solo vive a media hora".
El presidente actual dice que él no vuelve a coger la presidencia hasta dentro de 12 años, yo tampoco estoy dispuesto a ser todos los años presidente, ya que tiene su responsabilidad y no veo justo que los demás se escaqueen con escusas barata.
Me gustaría saber si se les puede obligar de alguna manera, o bien delegando en alguien o de alguna otra manera.
Cuando a mi madre le tocaba ser presidenta de su comunidad era yo el que se hacía cargo de todo, “hace más el que quiere que el que puede” es muy cómodo pasar de cualquier problema de la finca “hemos tenido muchos” y que se ocupe otro.
Me gustaría saber si hay alguna formas de cumplir cundo les toque, ”se podría delegar en la administradora como presidenta”.
Gracias.