Buenas. Lo primero dar gracias anticipadas ya que en varias ocasiones este foro me ha permito contrastar y resolver dudas. El tema es el siguiente, en acta de junta se aprueba por ejemplo una derrama de 1000 euros que se pagan en 10 cuotas mensuales de 100 euros. Pues bien, se pasan de frenada y recaudan más dinero, pongamos que emiten 12 cuotas y por ello recaudan 200 euros más. Entiendo que el exceso de recaudación no está autorizado en junta y por ello no tengo la obligación de pagarlo ni puede formar parte de mi deuda. Notese que la comunidad reconoce que se ha pasado de frenada y que el dinero pagado de más debe devolverse. Mi intención es no pagarlo y obviamente que tampoco me lo devuelvan. La intención de la comunidad es que se pague y ya se devolverá.
¿Se trata de recibos domiciliados o de transferencias?
Si es lo primero, la devolución del recibo generará gastos a la comunidad y sería mejor evitarlo.
El pago de las cuotas las hago por transferencia, y viendo que se pasaban de frenada, decidí no pagar y advertir. Entiendo que las cuotas de más no son validas y aunque la comunidad quiera que las pague para luego devolverlas, no tengo porque hacerlo ni la deuda de esas cantidades es reclamable. Gracias.
Lo que usted dice es coherente. Si ya la comunidad manifiesta que la derrama es superior a lo presupuestado, por lo que tendrán que devolver el dinero cobrado de más, para qué pagar esa cantidad si después la tendrán que devolver. No veo el interés por parte de la comunidad en que se pague esa demasía. Aunque legalmente si se aprobó en junta esa derrama, hay que pagarla, aunque es absurdo.