Mi mujer se ha ido de casa de con los dos niños y ha alquilado un apartamento. Estamos negociando un convenio, pero parece que no vamos a llegar a un acuerdo porque no nos ponemos de acuerdo con la cantidad que debo pasar como alimentos de los niños. Mi pregunta es la siguiente, En caso de que al final el divorcio sea contencioso puede reclamar el uso del domicilio conyugal una vez ha alquilado el apartamento y vive allí con los niños? Máxime cuando ha cambiado a una ciudad cercana (unos 20 kilómetros) y hemos inscrito a los niños allí en una guardería. Gracias anticipadas.