Si le han denegado algo que le han reconocido antes será porque alguien ha recurrido esa decisión, no "por la cara".
Lo del argumento "ope legis", ¿?¿?¿?¿?
Puede solicitar la anulación de la resolución pero no por ello la anularán. Las cosas hay que hacerlas en tiempo y forma.
Para recurrir en amparo al TC hay que agotar la vía administrativa y luego la judicial ordinaria, además de cumplir otros requisitos que ahora sobra comentar.
Llévele toda la documentación a un abogado y hable con él. En los foros no se pueden solucionar, ni aclarar, según qué cosas.
Pregunta a los expertos:
Me ha sido denegada la asistencia jurídica gratuita que ya había sido reconocida sin ningún motivo.
Como único argumento "ope legis".
He contestado solicitando la anulación de la resolución.
Si no me contestan quisiera presentar un Recurso de Amparo ante el Constitucional.
Para ello necesitaré un Letrado y conseguirlo requiere tiempo.
¿Como debo actuar?
Agradeceré una contestación.