Entiendo que se refiere a rentas de local, nave u oficina: si, debe reclamar la renta entera, tal como está pactada en el contrato: si la renta mensual según contrato es -p. ej.- de mil euros, eso es lo que debe reclamar. Y añada el IVA, porque usted o bien lo ha declarado e ingresado (criterio de devengo) o bien deberá ingresarlo (criterio de caja).