Trabajo en una ett y a final de mes cobro según las horas realizadas. Todos los días hago 4 horas, menos martes que no trabajo, y el sábado 7.
En el mes de agosto hubo un sábado que fue festivo local donde yo trabajo, el patrón de la ciudad.
Una vez expuesto esto, la pregunta es:
¿En la nómina de agosto ese día debería cobrarlo? Es que no se donde leí que los festivos se cobran como trabajados salvo que sean nacionales, pero al trabajar por ett y no ser nómina fija sino algo variable según las horas del mes trabajadas no se si contabilizarlas o no.
Trabajo de promotor y los que nos pagan es a nivel nacional, ya en otro mes me pagaron una fiesta local, solo de aquí, pero este mes no y no se si reclamarla o se equibocaron la primera vez.
Me gustaría que si alguien tiene la respuesta me dijera algo en la mayor brevedad. Gracias de antemano ya.
El problema con las etts es que no suelen aplicar el convenio colectivo que atañe a cada trabajador con respecto a su actividad y sin embargo se limitan a aplicar el estatuto que es una ley de mínimos pero en vista que a usted si le están aplicando un convenio decirle que los festivos son 14 al año 12 fiestas nacionales y dos fiestas locales y por supuesto se cobran todos