Yo considero que una carrera dura 5 cursos, o 300 créditos. Los puedes hacer en 6 o en 4. Y no se pude ofertar la licentiatura que son 5 cursos a la vez que el grado que son 4, y luego exigirle lo mismo.
No obstante, a mí me parece buena la idea de implantar el máster, así se cribará bastante el acceso y subirá el nivel medio de la abogacía en España. Pero a los que les ha cambiado las reglas a mitad del juego considero que los han puteado.
2006 a 2011 son 5 años, lo que dura la licenciatura, el alumno que tarde más que otros se ha buscado su propia desigualdad, no es culpa de la ley de acceso el retraso de los alumnos.
El problema es que se juntaron la ley de acceso y plan de Bolonia, ahí te doy toda la razón, un disparate ofrecer la licenciatura cuando está a extinguirse.
Imagínate que alguien no acaba la licenciatura en 5 años, si no en 6, cosa bastante habitual. Esa persona está en desigualdad con otros compañeros que acabaron antes que él, habiendo cursado lo mismo.
Por otro lado, pienso que si se esperaba esto así, a partir de 2006, de la publicación de esta bonita norma, no se debería haber siguido ofertando la licenciatura en derecho. Y hasta el curso 2009-2010, al menos en mi facultad, se seguía matriculando a todos los nuevos estudiantes en licenciatura en vez de en grado.
Estos estudiantes, en caso de suspender alguna asignatura, al año siguiente no tendrán derecho a docencia en esa asignatura, porque su plan ha desaparecido, y las nuevas asignaturas tienen una carga lectiva diferente, por lo que no son homologables, y por lo tanto, les toca preparárselas por su cuenta.... no me parece muy bien pensado, pero bueno, es lo que hay.
Si bueno, pero los que empezaron a estudiar la licenciatura o el grado, ya sabían (o deberían saberlo), que existía el cambio.
De hecho la ley de acceso es de octubre de 2006, y entra en vigor en octubre 2011, por lo que tiene el récord de vacatio legis más prolongada. No es algo que venga de sorpresa.
Efectivamente, la única putada es que a los que están haciendo licenciatura se les pide un año más, además del master para ejercer, porque el cambio les pilla en mitad de su título.
Para que nos entendamos, ahora, el que haya empezado licenciatura, deberá hacer 7 años más examen (haciando practicum y prácticas del Master), y el de grado, 6 años más examen.
Y lo pero es que coexisten hoy por hoy estudiantes de grado y de licenciatura...
El reglamento ya está aprobado, aun en vacatio legis.
Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Como dice Lexdura lo del practicum depende de cada universidad, porque no sólo es que no las hice sino que ni lo había oído...y ni de broma soy tan viejo....
En cualquier caso no hay que mezclar los requsitos para obtener la titulación (licenciatura, grado o lo que sea) con los requisitos para ejercer la profesión de abogado. Hasta donde he podido ver se exije la titulación, la formación de postgrado y un examen. En esa formación posterior (el máster) en todo caso se incluyen prácticas.
Conclusión: Título, máster (que incluye prácticas) y examen...
Igual quedará más claro cuando aprueben el reglamento que creo que está a punto....
Si te sacas la licenciatura también hay que hacer el Master, siempre y cuando acabes la licenciatura después del 1 de noviembre de 2011, o sea, dentro de un mes y pico. Si no has acabado la carrera ahora, en este septiembre, y quieres ejercer, va a ser que haces el master sí o sí, y si además es licenciatura lo que haces, te toca Master y practicum.
Ahora, cuando acabas la licenciatura o grado, tienes que hacer un máster y un examen para poder ejercer.
Antes bastaba tener aprobada la licenciatura, la cual incluía dos asignaturas llamadas Practicum I y II. Dichas asignaturas ya no tienen ningún sentido.
¿Siguen siendo obligatorias para licenciarte?