Que habiendo solicitado en vía administrativa, 6 días de permiso por asuntos particulares, me los han denegado. Actualmente, mi empresa ha dictado una norma interna, que acuerda conceder los citados día. Habiendo recurrido en vía judicial contencioso-administrativa, la negación citada. Mí consulta es la siguiente: ¿Debo solicitar la satisfacción extraprocesal del recurso contencioso al Juzgado, del artículo 76 LJCA?