Una duda práctica
Un particular compra 100 prendas a una empresa (les da un patronaje concreto de medidas, mangas, cuello, tipo de tejido y tipo de tinte); en ese momento abona la mitad (500 euros)
Le mandan una de muestra que salvo el cuello está lo demás conforme a los parámetros dados por el comprador
cuando le llegan el resto de camisetas (abona el resto del dinero, 1000 euros), y las desembala en su casa, no se ajustan en nada a los parámetros de patronaje etz indicados
Sería demanda verbal de resolución/desistimiento de contrato de compraventa por vicios ocultos del 1484 Ccivil?
o mejor la resolución del 1124 del Ccivil?
La acción a plantear sería "resolución de contrato acumulada a reclamación de cantidad de los 1500 euros, o solamente resolución de contrato y mediante otro si se solicita la devolución de la cantidad?
Si el particular las pensaba retocar para colocar en tiendas de conocidos para su venta, cabría oposición de la vendedora considerándola una compraventa del Código de Comercio con sus exiguos plazos de prescripción)?