Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Sancion y responsabilidad

1 Comentarios
 
21/10/2009 09:14
Yo creo que debe ser por esto.:

Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.


Sección III. Sanciones accesorias a los empresarios en materia de empleo, ayudas de fomento del empleo, formación ocupacional y continua y protección por desempleo.

Artículo 46. Sanciones accesorias a los empresarios.

Sin perjuicio de las sanciones a que se refiere el artículo 40.1 y salvo lo establecido en el artículo 46 bis de esta Ley, los empresarios que hayan cometido infracciones muy graves tipificadas en los artículos 16 y 23 de esta Ley en materia de empleo y de protección por desempleo:

Perderán automáticamente las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción.

Sancion y responsabilidad
20/10/2009 18:56
Un cliente del despacho que fue inspeccionado por trabajo, le levantaron actas, una de ellas por no tener de alta a unas trabajadoras que estaban percibiendo paro. Esa acta le fue comunicada a la empresa que le contrata. Las actas fueron recurridas en tiempo y forma y cuando ya fueron firmes, se pagaron, sin recargo ni nada, ya que estaban en plazo.
Ahora la empresa contratista alega que la Seguridad Social le anulo las bonificaciones que mantenia en los contratos que tenía por la deuda de mi cliente.
Yo creo que mientras esté pagado en tiempo y forma y no sea ejecutivo no hay ninguna obligación por parte de la constatista.
Como veís el tema. Me podeis ayudar o dar más información
Gracias de antemano
Un cordial saludo