Hola soy nuevo en esto de los foros, intentaré exponer mi problema. Hace unos 4 años 3 meses hice una obra sin licencia, cuando estaba casí acabada vino un inspector el cual la paró y procedio al inicio de los dos expedientes, el sancionador y el de reposición, yo he ido alegando todo lo posible debido a que en la misma urbanización hay unas 30 viviendas con obras y somos 3 o 4 los unicos sancionados, hace unos día me llegó la carta de la 1ª multa coercitiva. Bueno mi pregunta es la siguiente se puede seguir alegando y de que forma sería, tambien decir que el expediente viene a mi nombre porque cuando vino el inspector fui yo quien abrió la puerta, pero la vivienda es de mi pareja, que hay que decir que no estamos casados ni somos pareja de hecho, lo único que estamos empadronados ambos en el domicilio, ¿Se podría recurrir por ahí? Gracias
Las resoluciones administrativas de los expedientes de reposición de la legalidad versan sobre cuestiones de legalidad urbanística, que es lo que puede impugnarse.
No obstante durante la tramitación del procedimiento puede producirse errores que son subsanados si son alegados en el momento oportuno.
Sin embargo, puesto que ya te han notificado la imposición de la primera multa coercitiva, tengo la sensación de que la resolución de reposición de la legalidad recaída en su día ha devenido firme.
¿ Recurrir ?, si ver la totalidad del expediente, no puede saberse si los plazos para impugnar la resolución recaída han caducado. Entiendo que por el motivo que apuntas, no.
Entonces por el hecho que el procedimiento venga todo a nombre de una persona la cual no es propietaria de la vivienda, tanto expediente sancionador como el de establecimiento de la legalidad urbanística, no se podría recurrir por ahí, y ya que han pasado 4 años pedir la cancelación del mismo por defecto de forma? Gracias de alga.
Elboss, el expediente se abrió por la realización de unas obras sin licencia y sobre el cual has ido formulando sucesivas alegaciones.
Si quien realizaba las obras era la propietaria y no tu, debiste alegarlo en la primera notificación que recibiste. Al no hacerlo y seguir alegando estabas asumiendo que el causante de la infraccción eras tú.
Por cierto, los infractores o interesados en esta clase de procedimientos son los que realizan las obras ilegales. Y tú, parece ser, en ninguna fase del procedimiento has denunciado que las realizaba la propietaria.
Puedes seguir alegando lo que quieras, pero desde un punto de vista administrativo el expediente ya no tiene marcha atras. Recurrir en el juzgado de lo contencioso-administrativo, si estás en plazo puedes hacerlo, aúnque, en mi opinión, será tirar el dinero.