Resulta que el otro día recibimos una notificación del Ayuntamiento que dice textualmente:
En relación con su solicitud de Proyecto de Actuación, le participo que es necesario que aporte la siguiente documentación según lo expresado en el informe emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes:
documentación que acredite la residencia permanente( certificado de empadronamiento), la dependencia a la actividad agrícola en la zona; pertenencia al Régimen Especial Agrario por cuenta propia: documentación de la maquinaria agrícola;impuesto sobre la renta de las personas físicas con rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales, etc.)... ...
Me dan 10 días y si no lo presento en 3 meses caduca el expediente y archivo,( del sancionador que recurrí en reposición y del que pedí anulación por no haberse respetado el procedimiento y producir indefensión, no dicen absolutamente nada) no obstante, dicen, podrán a continuación incoar expedientes para la protección de la legalidad y/o sancionador( es como si no hubiesen sancionado anteriormente y no hubiesen recibido ningún recurso...rarísimo ¿ no ?, teniendo en cuenta que pusieron una sanción de cerca de un millón y medio de las antiguas pesetas).
El caso es que mi amiga todas las veces que había pedido la licencia para reformar la casa, que es una herencia, en ningún momento le dicen que no puede hacerlo porque está limitado su uso residencial a la actividad agraria, solo le dijeron que pidiese permiso a la Junta porque cerca había una laguna y podía estar dentro de lo que es zona especial medioambiental; la Junta le dio un informe que decía que no estaba afectada, y ahora nos salen con esto...¿ no deberían haberlo dicho cuando se solicitó la licencia ?¿ hasta que punto es responsable el Ayuntamiento por no avisar previamente de esta limitación ?... ¿podría alegar que la casa estaba en mal estado y era necesario reformarla para mantenerla en buen uso aunque no vaya a vivir allí permanentemente?. Lástima que no sea agricultor su marido porque entonces le
habrían concedido la licencia sin más. Gracias.
Efectivamente es un tema complicado.
Interpuesto el Recurso de Reposición, tienen un mes para contestarte, y, en caso que no lo hagan, se entiende desestimado por silencio. A partir de ahí, tienes 6 meses para Recurso Contencioso-Adminsitrativo (1mes 6meses).
La suspensión de la ejecución no se ha producido, a no ser que hayas presentado un aval por el importe reclamado (lo pide la LGT para evitar el apremio).
Yo esperaría a recibir el apremio, es la única manera de asegurarte que no se ha archivado sin mas, no obstante, has de ser consciente que te arriesgas a pagar un 10% por la sanción. Una vez recibido el apremio, presenta el aval correspondiente (para no generar mas gasto) y interpon recurso de reposición (las causas estan tasadas, mira a ver si te cuadra en alguna de ellas) y alega defectos de forma en la comunicación de la sanción. Suerte
El 20 de marzo recurrí una sanción urbanística que le habían puesto a una amiga por construir sin licencia, la había pedido varias veces y siempre le decían por escrito que le faltaba algún documento, al final los fue entregando todos e incluso presentó el visto bueno de la Junta de que se podía construir en aquel lugar. Transcurrido el tiempo y no dándole la licencia se puso a construir y le impusieron una sanción de 8.268 euros diciéndole directamente que tenía que pagar en un mes, no se le dio plazo para alegaciones ni se respetó el procedimiento sancionador, además las normas autonómicas sobre urbanismo disponían que pasados tres meses de la solicitud de licencia sin ser concedida se podía entender concedida tácitamente ( más o menos). Bueno el caso es que le interpuse un recurso potestativo de reposición ( que le indicaban ) por producir indefensión y le solicité la suspensión de la ejecución y archivo de las actuaciones por concurrir causa de nulidad del art.62 de la ley 30/92. Han transcurrido más de tres meses y no ha tenido ningún comunicado y supongo que se ha producido silencio pero no se bien cuales son las consecuencias,¿ tendré que recurrir antes de los 6 meses ante el TEAM?¿ tendré que esperar que le llegue una providencia de apremio?¿ se habrá archivado ? ¿ puedo dejar transcurrir el tiempo sin hacer nada?...ya se que son muchas preguntas pero yo acabo de terminar la carrera y es un tema complicado. Gracias.