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Sanción tributaria y reclamación económico-administrativa

6 Comentarios
 
Sanción tributaria y reclamación económico-administrativa
05/01/2014 15:57
Hola a todos los foreros y felices fiestas!

Tengo una pequeña duda. En su día puse un recurso potestativo de reposición frente a una sanción por supuesto consumo de alcohol en la vía pública, sanción que ha sido desestimada hace apenas unos días.

Este es el momento, a mi parecer, de interponer una reclamación económico-administrativa. Mi duda es referente a la suspensión de pago hasta su resolución.

Por lo que me ha parecido leer, la presentación de la reclamación en período voluntario de pago suspende automáticamente los pagos siempre y cuando sea una sanción tributaria. Si no, habría que presentar una solicitud de suspensión. También me parecío leer que si ya se concedió una suspensión en el recurso potestativo, entonces también la reclamación suspendía el pago sin necesidad de solicitud.

Mi duda es si dicha sanción por supuesto consumo es una sanción tributaria y si me suspendería el pago automáticamente solo con presentar la reclamación. Además, durante el recurso potestativo la el pago también estuvo suspendido.

Mi terror es que al presentar dicha reclamación en el TEAR o el TEAL (que todavía no tengo muy claro dónde es), posteriormente expire el plazo de pago voluntario de la sanción, aumentando esta un 20%, mientras yo pensaba que dicho pago se encontraba suspendido.

Muchísimas gracias de antemano a todos los foreros!! Y pasen una buena tarde de domingo.

Un saludo,
Mario
05/01/2014 16:16
Una sanción por consumo de bebidas no es tributaria. Por tanto, no puedes reclamar en vía económico administrativa.
05/01/2014 16:30
Muchas gracias! Sin embargo, en el primer pagaré que recibí, el apartado "Suspensión del procedimiento recaudatorio" comienza con la siguiente frase:
"La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa..."
Si no es posible poner dicha reclamación en este caso, esa frase me confunde.
No se como colgar una foto para mostrarlo bien, pero es básicamente eso.
¿Alguién puede ayudarme? Entonces solo me quedaría la vía contencioso-administrativa, ¿no?
Y por lo que me parece leer, dicha vía
1) Requiere de procurador o abogado
2) No suspende el procedimiento recaudatorio
¿Me equivoco?
Muchas gracias de nuevo!
Muchas gracias Juan S!
05/01/2014 21:30
No sá a lo que te refieres con lo del pagaré.
Quizás sea debido a que el asunto ha llegado a vía ejecutiva, en cuyo caso sí se puede presentar reclamación económico administrativa, pero solamente contra el procedimiento de recaudación y por motivos tasados en la ley. O sea, no se puede reclamar por el fondo de la cuestión: la sanción.
05/01/2014 22:37
Efectivamente Juan S, creo que es lo que tú dices de la vía ejecutiva. La sanción ya se está aplicando, y llega un papel con dos copias, para ti y para el banco, en el que pone pagaré, imponiendo la sanción en cuestión.

¿Se me podría responder frente a mi duda del recurso contencioso-administrativo? ¿O la pongo en derecho administrativo? Que una vez zanjado el asunto de la reclamación económico-administrativa, sería su sitio correcto creo.

Muchas gracias!!
05/01/2014 22:39
Aun así, y un tema que me sigue interesando mucho. Aunque solo pueda presentar una reclamación económico-administrativa, pero solo contra el procedimiento de recaudación, ¿esta suspendería el procedimiento de recaudación?
06/01/2014 17:04
No, no se suspende.