Hola, mi caso tan bien es por no haber sellado la demanda. Ya que he sido mama y he tenido paralizado el paro por maternidad. Cuando fui a reactibar la demanda para seguir cobrando el paro me dijo la chica que hasta enero ya no tenia que sellar y resulta que era en octubre. El caso es que es la primera vez que me sancionan y tan solo me queda un mes de subsidio. Yo soy madre monoparental es decir estamos solas mi hija y yo, nada de madre soltera ni nada de eso. Con la porqueria que recibimos para vivir ella y yo que son 380 y algo (ni siquiera son los 420 euros famosos del subsidio ) sancionandome no se como vamos a vivir este mes.
Yo quiero hacer una pregunta ,¿esto no se puede denunciar de alguna manera?. Esta claro que ante todo hay una ley que dice que el demandante se compromete a sellar..... pipipipip!!!! , pero ante todo somos personas , como es posible que se pueda dejar a alguien con el unico sustento que tiene???, cuando trabajamos se nos quita de la nomina lo que no esta escrito, nos roban por todos los lados y para mas colmo hay que tragar con esto, sinceramente no entiendo nada. No hay ninguna ley que este por encima de esta ¿? y se pueda denunciar al SEPE y al Ministerio de Empleo ¿?.
Quiere comentar que a parte de mi caso hay mil mas por diferentes motivos y creo que es horrible que por un descuido, por no saber sellar por internet..... esta gente se siga beneficiando y sigan pagando la crisis con nuestro dinero. CON EL QUE SE AHORRAN DE NO PAGARNOS!!!!, trabajadores del SEPE me comentan que hay que denunciar esta situacion , están horrorizados de ver esto y mas cosas que no sabemos, en mi oficina habia un taco como unpaquete de folios de 500-1000 de sanciones de un mes. ¡OJO! y la gente se va a su casa sin mas . ¡POR DIOS QUE QUIEN HIZO LA LEY HIZO LA TRAMPA!
Saber que han acortado el horario de sellar, ahora solo tienes 1 hora y si hay mucha gente te mandan sellar por un ordenador de la oficina, INCREIBLRE!!!! personas mayores que no tienen ni idea se van pensando que han sellado y les sancionan. Esta habiendo demandas selladas por internet desde ordenadores particulares que no estan entrando por errores de los servidores JA! y para colmo cuando pides cita o no te cojen el teléfono, o en internet el ordenador te da error, te dicen que no hay has dentro de un mas..... y tan solo te dan 15 dias para presentar solicitudes y realizar tramites. ¡ESTO NO HAY QUIEN SE LO COMA! ¡ SE ESTÁN RIENDO DE NOSOTROS Y NOS ESTAN ROBANDO EN NUESTRA CARA!
¡Por favor denuncien estas situaciones!
NO SE SI ALGUIEN PUEDE DECIRME SI HAY ALGUNA LEY O ALGO QUE ESTE POR ENCIMA DE ESTA LEY Y DONDE UNO PUEDA AGARRASE. ¿?
MUCHAS GRACIAS!!!
Estando en baja por maternidad con la contributiva no hay que sellar, pero con el subsidio sí porque no genera derecho a la prestación por maternidad.
Entonces no hay remedio. No existe ninguna ley ni nada por encima.
Sellar la cartilla del paro cada 3 meses no es solo un compromiso, es una obligación, la única que tienes mientras estás cobrando (tampoco piden tanto), y sin cumplir las obligaciones no hay derechos.
Sé que lo estarás pasando mal, pero teniendo una hija a tu cargo deberías tomarte más en serio tus obligaciones.
En la cartilla del paro viene bien impresa la siguiente fecha en la que hay que sellar. Siento tener que decirte que la única responsable de esa situación eres tú, no trates de pasarle esa responsabilidad a nadie más.
Podría ser que, a lo mejor, el funcionario del SEPE que informó a LU LU, confundió prestación con subsidio y le dio una información errónea.
Podría ser que, teniendo una hija a su cargo y cobrando 380€ al mes, se haya tomado tan en serio su obligación de dar de comer a su hija que se le haya pasado la obligación, que a lo mejor desconocía, de sellar el día exacto.
Podría ser, también, que, lejos de querer pasarle la responsabilidad a otro, sea víctima de una información incorrecta del SEPE.
Dicho esto, LU LU, no tienes nada que hacer. Como no tienes nada por escrito (y nunca lo obtendrás en el SEPE), te toca aguantarte.
Por desgracia, esto es lo que hay LU LU.
A partir de ahora, si tienes que volver a solicitar un subsidio o una prestación por desempleo, te aconsejo que no te fies de una sola información (sobre todo si es de palabra) y que leas a fondo las páginas web del SEPE y los documentos que firmes.
Siento mucho la situación en la que te encuentras. Es muy injusta.
Por una parte está la demanda de empleo y por otra está la percepción de una prestación o subsidio por desempleo.
Bien, con estos ingredientes y la maternidad sale esto:
- Si una persona es demandante de empleo pero no cobra. Tiene que acercarse a los servicios de empleo de su Comunidad Autónoma (que no es el SEPE) y solicitar una suspensión como demandante de empleo por maternidad. Fácil de acreditar. Esta suspensión de la demanda son cuatro meses.
- Si está cobrando prestación y subsidio tiene que hacer exactitamente lo dicho con anterioridad. La única diferencia es que si cobra prestación, se tiene la posibilidad de suspender la prestación para cobrar la maternidad.
Se puede alegar, no sé si lo considerarán, que te tocó sellar en el periodo de descanso maternal y que no supiste que tenías la posibilidad de suspender la demanda de empleo.
Suerte.
Saludos.
El funcionario que le dijo lo de sellar en enero fue del servicio autonómico de empleo, no del sepe. En los servicios autonómicos de empleo no saben de prestaciones.
Todo lo relativo a las prestaciones hay que preguntarlo siempre en el sepe (del estado), no a los de la comunidad autónoma, que aunque estén en la misma oficina son de administraciones distintas. Sí puede ser que aquí haya muchas confusiones.
Si la administración estuviera centralizada quizá no hubiera pasado esto, pero está todo multiplicado por 17.
Yo también siento la situación en la que se encuentra LU LU y otros 6 millones de personas. Pero la información hay que darla aunque no sea lo bonita que nos gustaría, sin crear falsas espectativas y avisando de todas las consecuencias. A la larga es mejor.
Ante todo darte Las gracias.
Decirte, que es obvio que existen unas leyes, derechos y deberes que hay que cumplir. Pero creo q es algo escesiva la sancion . No crees??
Unos roban a cara deescubierta por equivocacion,descuido o error, y se lleva la pasta de todos lis curritos de verdad, Los que nos levantamos a cutest y no Los que no saben ni lo que es eso. Y a estos no les pasa nada. Y Una persona por error, descuido.... Les quitan su unico sustento de mantener a su familia. Creo que estamos locos, no crees?
es interesante que guides Las formas de hablar con la gente y mas con temas tan delicados como este.
Muchas gracias por tu respursta. Un saludo.
De Una Madre currante y coraje.
En cuanto al tema de la fecha de sellar no hay mala información, falta de información o desconocimiento que alegar...pues si algo viene claro en la demanda de empleo (lo que muchos llaman cartilla del paro) es las fechas en que hay que sellar. Otros casos puede ser, pero en este vale con saber leer y escribir y supongo que la consultante sabe hacerlo sino tampoco lo haría aquí. Presumo además que la consultante tiene capacidad y conocimientos para sellar por internet, pues no tiene más dificultad que escribir en un foro como este.
Si se le pasó la fecha, algo que puede pasar a cualquiera, no puede culpar a nadie pues en la propia demanda de empleo figura bien claro...además ni siquiera dice cuanto tiempo se le pasó, no es lo mismo un día que 1 mes. Cuando uno está cobrando una prestación o subsidio por desempleo sin trabajar se entiende que tiene tiempo para sellar la demanda, nada le impide ir al SEPE con su hija. Si estuviera hospitalizada o concurriese cualquier otra causa de fuerza mayor se puede alegar y probar.
Dicho lo anterior, si quiere saber sus obligaciones concretas debería comenzar por especificar su situación, pues yo no me entero mucho...aunque deduzco que cobraba subsidio por maternidad NO contributivo por reunir todos los requisitos salvo el de cotización para la contributiva, vamos por no tener cotizado periodo suficiente para la prestación contributiva.
Personalmente siento tu situación personal pero no puedes culpar a los demás de ser madre sóla, de no tener trabajo y/o recursos y de olvidarte de tus obligaciones, aunque pueda entender tu enfado, a todos se nos pasó una fecha para cualquier trámite pero de ahí a ver una conspiración va un trecho...más cuando estas percibiendo un subsidio no una prestación contributiva....pregúntale a cualquiera que pasaría si se olvida de incluir algún ingreso en la declaración de la renta de la que salen, entre otros impuestos, los subsidios.
El SEPE, en concreto sus empleados, no creo que le roben ni a usted ni a nadie nada...son trabajadores que con su trabajo, las quejas al parlamento que es donde se elaboran y aprueban las leyes. De todas formas para todos los trámites hay plazos, sino sería inviable cualquier cuestión.
P.D. Amperio (no relacionado con este tema, en el que discrepamos aunque creo que es porque pecas de buena, y si vieras la realidad desde el otro lado verías que son más los fraudes que los errores), a lo que iba que no me olvidé de tu tema anterior...estoy viendo si puedo proporcionarte más datos, pero voy en los ratos libre viendo legislación que es antigua y cuesta leer. Tu amigo se acercó a la TGSS para ver que respuesta de daban a ese descubierto?. Aunque sólo sea por si dan alguna pista...cuando veas vuelve a subir el post....también así igual alguien más puede aportar algo.
LULU aclara un tema...tu estabas cobrando el subsidio o contributivo por maternidad, es así?. Es que es distinto a la prestación contributiva y la duración no son 4 meses ni la cuantía es la misma.
Deduzco esto por la cuantía que cobrabas pero mejor aclararlo.
Lo que dije antes amperio. Ya sea cobrando o no, la persona que es demandante de empleo tiene la posibilidad de suspender la demanda de empleo por maternidad. Para una persona que no cobra, como no está para trabajar dada la situación, le puede servir para no perder antigüedad si la llaman para ofertas de empleo, cursos, etc.
Si cobra, independientemente de si cobra prestación o subsidio, tiene que hacer lo expuesto anteriormente: debe comunicar a los servicios de empleo que llevan la tarjetas o demandas de empleo para que le suspendan la tarjeta. Hablamos de la tarjeta no de la prestación o subsidio. Lo normal es que si cobra prestación, una vez suspendida la demanda de empleo por maternidad, es solicitar la baja de la prestación para cobrar del INSS el subsidio de maternidad.
Si la fecha de sellado correspondía al periodo de descanso por maternidad, entendamos este periodo como las 16 semanas posteriores al parto aunque no se tenga derecho al subsidio por maternidad, yo alegaría que por ahí. Es complicado que te tengan en cuenta las alegaciones. De todas formas, si estás cobrando un subdidio debes comunicar que ha habido una variación en los miembros de la unidad familiar. Si hiciste esta declaración, se podría apuntar la fecha de entrada como que te acercaste a la oficina para informar de la nueva situación. Lo veo difícil pero no imposible.
Saludos.
Tienes que reconocer que el sistema no es sencillo (prestación por desempleo, subsidios contributivos, no contributivos, funciones del SEPE , funciones del servicio de empleo de las CC.AA).
Es muy complejo para una persona que no esté familiarizada con estos temas y es muy fácil equivocarse (simplemente, por desconocimiento de lo que hay que hacer).
También entiendo que un funcionario dé una información errónea (puede que no sea el caso) ya que tengo muy claro que yo soy la primera que me equivoco. Lo que no asumo es que no haya opción a corregir el error (tanto del funcionario como del trabajador).
En cuanto a lo del amigo (que vive en otra comunidad), parece ser que está a la espera de una respuesta de la SS (esta vez no le pude acompañar y es un poco flojito). En cuanto sepa algo, te informaré.
Muchas gracias por la ayuda que me estás prestando.