Me respondo a mí mismo, para beneficio de cualquiera que esté en un caso similar, pues he hallado la respuesta.
Sí que se puede sancionar. Para evitarlo debe obtenerse certificación de una empresa que cumpla los requisitos expuestos en la Orden de 22 de diciembre de 2009 de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Pesca.
La empresa habrá procedido a la recogida y se habrá encargado de una trituración por dos fases, que dicha Orden especifica, a partir de cuya actuación expedirá el certificado, el cual entregará al interesado para obviar cualquier sanción.
Saludos.
En la comunidad Valenciana (provincia de Alicante) tengo un campo en el que había unas 20 palmeras, de tamaños entre mediano y pequeño. La zona no está catalogada como protegida.
Dado que tenía varias de las palmeras infectadas con picudo rojo y han mostrado resistencia a todo tratamiento, hace unos días decidí talarlas todas. Lo he hecho, y las he troceado un poco, juntando esos residuos en un rincón del terreno, a fin de que con el tiempo pueda quemarlas (en época en que el Ayuntamiento correspondiente concede permiso de quema de poda y rastrojo).
Mi consulta es si pudiera incurrir en sanción por incumplimiento de algún protocolo que actualmente pueda existir, tanto en lo concerniente a plagas como en lo que tiene que ver con la tala de palmeras (son de la especie de palmera canaria, la más corriente en jardinería).
Creo que actualmente no hay problema con talar palmeras y que tampoco lo hay con relación a la plaga del picudo rojo, a cuya erradicación ya se ha renunciado, por imposible. Pero dado que cualquier inclumplimiento medioambiental está actualmente sancionado con multas muy severas, prefiero vuestro acreditado asesoramiento al respecto.
Muchas gracias a tod@s por vuestras valiosísimas aportaciones.