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Sancion por presunta venta de tabaco en kiosco

2 Comentarios
 
Sancion por presunta venta de tabaco en kiosco
17/03/2015 20:24
Buenas tardes a todo.

Me presento. Me llamo Javi y voy a exponeros un caso a ver si me podeis ayudar un poco.

Un familiar regenta un kiosco que vende golosinas, bebidas... o sea, lo tipico de un kiosco.

Resulta que este familiar un sabado compro cierta cantidad de tabaco para ese fin de semana, tras el cierre del negocio, ir a visitar a unos familiares a un pueblo de la sierra de mi provincia, con tan mala suerte que vino la guardia civil a hacer una inspeccion contra la venta de tabaco de contrabando y venta ilicita de tabaco en establecimientos no autorizados.

En ningun momento la guardia civil "pillo" a mi familiar ni vendiendo tabaco ni teniendolo expuesto a la vista, ya que lo tenia en una bolsa junto con otros enseres que iban a ser destinados a la visita que anteriormente os he comentado.

Cual es la sorpresa que la guardia civil levanta un acta de inspeccion sobre las cajetillas de tabaco que habia en la bolsa y que le comenta que acarreará sancion por infracción a la ley antitabaco. Concretamente el acta dice "Al realizar la inspección fiscal en el citado establecimiento, se observa en el mismo unas 12 cajetillas de tabaco nacional de distintas marcas"

Como he mencionado, el tabaco en ningun momento esta a la vista ni habia intención ninguna de ponerlo a la venta ya que era para el consumo propio de su marido, hija y ella misma para todo el fin de semana.

Le llegó una notificación de que era sancionada por un importe de 600€ por el simple hecho de tener el tabaco en el kiosco.

Se entregó un recurso explicando todo este mal entendido del tabaco pero le ha vuelto a llegar la resolución de que tiene que pagar esos 600€ y que tiene 15 dias para alegar y que dice:

"Vista las alegaciones presentadas por la interesada, el instructor del procedimiento realiza las siguientes consideraciones:

Artículo 64 Infracciones leves de sujetos no autorizados

Constituirá infracción leve la venta de tabaco sin la debida autorización administrativa cuando no constituya delito o infracción administrativa de contrabando según su legislación específica. Se entenderá también incluido en este supuesto el almacenamiento no autorizado de labores de tabaco con destino a su venta. [B][I]Se presumirá que tal destino existe cuando las labores estuvieran situadas en un establecimiento mercantil abierto al público o de la actitud y conducta de su poseedor se dedujese patentemente el ofrecimiento al público para su venta.[/I][/B]

No se de donde se saca el instructor que mi familiar su intencion es la de vender al publico.

Alguien podria ayudarnos??? La verdad que esa cantidad de dinero para este familiar supone un mundo, ya que es minusvalida y su pension es solo de 250€ y que en ningun momento su intención es la de vender tabaco sino que era para su propio consumo.

Sin mas y a la espera de que alguien nos pueda ayudar, reciban un cordial saludo.
19/03/2015 11:20
El instructor saca la intención de venta del mismo artículo que usted nos copia: "se presumirá que tal destino existe cuando las labores estuvieran situadas en un establecimiento abierto al público."

Sin querer dudar de su palabra, lo normal es que alguien de la zona, posiblemente estanqueros hayan denunciado o se haya corrido la voz de que se vende tabaco en ese kiosco.

El hecho de tener varias cajetillas y además de diferentes marcas presume la venta.

Si sus ingresos son únicamente de 250 euros (habrá que sumar los beneficios que saque del kiosco...digo yo) puede pedir abogado de oficio, recurrir la sanción y acudir al contencioso administrativo.
23/03/2015 22:40
Pero es que además eso de tener una docena de cajetillas de diferentes marcas para consumo propio resulta bastante chocante; cuando alguien es fumador, fuma normalmente la misma marca; y si tiene unos ingresos de 250 euros mensuales, no se ve que exista una proporción entre ingresos y gastos en tabaco.