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Sancion por ir al banco de otro pueblo

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Sancion por ir al banco de otro pueblo
05/04/2020 13:21
¡¡Hola!!
El art, 36.6 del código penal dice:,....La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivos de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.
Me para la policía mupal, en un control: Me detengo sin desobediencia, entrego el dni sin resistencia. No me niego a identificarme. No aporto datos falsos ni inexactos en el proceso de identificación. Les digo, que resido en un pueblo a 3km de distancia y que voy a hacer una gestión a un banco de la localidad donde me paran en el control, porque realmente desconozco si en mi localidad tiene sucursal el banco al que me dirijo,....Llaman al Ayto de mi localidad y les confirman que en mi localidad sí tiene sucursal el banco en cuestión,.... y me sancionan en base al art, 36.6.
¿He desobedecido? ¿He puesto resistencia? ¿me he negado a identificarme? ¿He aportado datos falsos o inexactos al proceso de identificación?....¡NO! No percibo que esta denuncia en virtud de lo expuesto encaje en las objetividades del art, 36.6. ¿Es recurrible?