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SANCION POR FALTA GRAVE: Afiliacion de un trabajador a un sindicato que desconoce la empresa

2 Comentarios
 
16/09/2008 20:03
Hola:
Te daré algunas consideraciones recogidas en la doctrina en cuanto a constancia de la afiliación sindical y al desconocimiento de la misma.
La constancia de la afiliación existe, por ejemplo, cuando se recoge en la nómina o en la hoja salarial la deducción de la cuota sindical (TSJ C. Valenciana 3-6-96). También cuando se pueda probar la comunicación.

Y si el empresario no tiene constancia de la afilicación, no se le obliga a realizar una labor de investigación al respecto, no siendo suficiente para dicha constancia el hecho de formar parte de la candidatura para las elecciones sindicales (TSJ de Galicia 31-5-96)

Pero aún teniendo constancia, el empresario no tiene la obligación de dar audiencia al sindicato cuando no existan delegados sindicales en la empresa (TSJ C. Valenciana 10-4-96) ya que no es exigible a otras personas como al secretario de la sección sindical (TSJ de Madrid 3-6-99)

Por si te sirve.
Saludos.

16/09/2008 19:58
Hola, salvo mejor opinion para que la empresa pueda dar audiencia al delegado sindical de un trabajador afiliado al que se le va a imponer una sancion, la empresa debe ser conocedora de la afiliacion de dicho trabajador a un sindicato, bien medicante el pago por nomina de la cuota sindical o por comunicacion escrita del delegado sindical de los trabajadores afiliados a su sindicato

Si la empresa desconoce fehacientemente la afiliacion de dicho trabajador a un sindicato, es imposible dar audiencia al delegado sindical

Un saludo
Sancion por falta grave: afiliacion de un trabajador a un sindicato que desconoce la empresa
16/09/2008 19:10
La empresa ha impuesto una sancion al trabajador por falta grave de suspension de empleo y sueldo (calificada dentro del convenio colectivo)
el trabajador ha impugnado la sancion judicialmente.
Si este está afiliado a un sindicato (aspecto que la empresa desconoce por completo), ésta no ha realizado el tramite de la audiencia a los delegados del supuesto sindicato (que no se sabe ni cual es) y ha impuesto la sancion de manera directa:
¿es nula esta sancion por la falta de este tramite?
¿como puede la empresa probar que desconocia la afiliacion del trabajador a un sindicato y a cual?
gracias.