Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

sancion orinar via publica

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
24/04/2012 11:41
No te creas todo lo que lees en los foros.
El recurso de poco te va a servir, pero si no tienes cómo pagar, ni nada embargable, no te preocupes, para qué?
23/04/2012 14:46
Hola, soy un usuario nuevo, y tengo un problema parecido a los anteriores. Quiero dejar claro que no era mi intención orinar en el espacio público, pero en éste caso no había bares abiertos(nada más que discotecas, con entrada a 10 euros...) ni baños públicos cerca, con lo cual opté por orinar en una esquina que ya estaba a punto de reventar. Me pillaron, me pidieron el DNI y me comunicaron que me iba a llegar una multa(Todo ello durante la mercé en Barcelona). El caso es que llegó por correo certificado y la cogieron mis compañeros de piso y la olvidaron hasta que ha llegado una nueva notificación por valor de 200 euros intereses. ¿Cabría la posibilidad de reclamar, hacer alegaciones o cualquier cosa para evitar la multa? El caso es que soy estudiante y no tengo nómina(si una cuenta conjunta a mi nombre y el de mi padre) y ningun tipo de bien a mi nombre para embargar. En caso de omitir mi responsabilidad y no pagar la multa, ¿llegaría algún momento en el que prescriba? ¿me podrían embargar el dinero de mi cuenta? Me interesaría saber si el usuario abogado urbanismo consiguió que le retiraran el expediente a su cliente.
Bueno, muchas gracias de antemano.
04/09/2011 11:31
No sabía que existía esa obligación por parte de los ayuntamientos de tener disponibles baños públicos, dónde queda eso dispuesto?
04/09/2011 00:11
Una vez tuve un caso similar en el que tuve que defender a un chico que lo había hecho en la calle. Ante la incoación de expediente sancionador, alegué que eran las 6 de la mañana, todos los locales estaban cerrados, y que vivía en las afueras de la ciudad. Sin embargo el ayuntamiento no cumplía sus obligaciones y pese a ser obligatorio, no existían baños públicos en las inmediaciones abiertos a esta hora. Por ello, alegué lo que en derecho se denomina "estado de necesidad" ¿donde iba a mear entonces?, ¿es jurídicamente exigir a un ciudadano que le reviente la uretra?
La cara que me pusieron los funcionarios cuando fui a preguntar por el expediente os la podéis imaginar.
02/09/2011 11:51
No puedo llegar a entender esa "necesidad fisiológica incontenible" de ir orinando por las esquinas...
24/08/2011 14:39
No adelantes acontecimientos y espera a que te remitan el boletín de denuncia. Si los datos del DNI son correctos debe llegar a tu domicilio y, a partir de ese momento, podrás actuar en consecuencia sabiendo de que se te acusa y podrás presentar las alegaciones que te parezcan convenientes y oportunas. Mientras tanto no te preocupes porque, aunque sean policías no parece que vayan a denunciarte teniendo en cuenta que apuntan los datos en un Post-it y eso no parece ni serio ni profesional.

Un saludo,
23/08/2011 23:00
Hola! Me gustaría que valoraseis mi caso, hace dos dias, durante la celebración de las fiestas de la Mercé (Barcelona) volviendo a casa (bastante borracho la verdad) me puse a orinar en un rincón, de repente 4 personas 3 chicos y una chica sin uniforme bajaron de un coche y me rodearon. Uno de ellos empezó a increparme con burlas del tipo "¿Que vamos cargaditos eh chaval?", al terminar bastante nervioso me giré y se me acercaron todavía más, uno de ellos me pidió que me identificara, a lo que yo contesté que quienes eran para pedirme identificación y porqué, él contestó "¿Tenemos un listillo eh?" La chica me enseñó una placa que llebaba en el bolsillo, y al momento les entregué mi DNI, ellos apuntaron mis datos en un post-it mientras no paraban de reirse y me dijeron que recibiría noticias sobre ello, no me entregaron nada, no me dijeron nada más y se marcharon. La situación fue muy extraña, no se si eran personas gastándome una broma ya que no actuaron como creo que debería actuar la policia, ni me entregaron multa ni recibo ni nada ni me trataron con el mínimo respeto. Me gustaría saber que debería hacer ahora, como puedo saber si realmente tengo una multa, cómo la puedo pagar con rebaja... La verdad es que estoy bastante confuso y me pareció una situación muy extraña ya que montones de personas bebían y orinaban por toda la zona. Además si tuviera que ir al ayuntamiento a preguntar por la sanción a qual debería ir? ya que soy de las afueras de Barcelona.

Muchas gracias!
26/06/2011 18:35
Tambien me gustaria saber cuanto tarda en prescribir la denuncia y dado que no tengo ingresos, si podria declararme insolvente
26/06/2011 18:30
Hola, me gustaria que me dieran su opinion para el caso siguiente.
Ayer noche sobre las 1-2 de la mañana volvia yo a mi casa despues de salir, volvi temprano debido a que ya estaba un poco ebrio, fue entonces cuando una pareja de la policia local aparco enfrente mia y me pidio el dni, yo antes de nada les pedi que me dijeran en rasgo a que me lo pedian y, evidentemente fue respecto a orinar la esquina de un edificio abandonado, el problema esta en que este edificio colinda con la comisaria de la policia local, en este momento yo objete tratandolo de usted diciendo que eso no era cierto y que estaba un poco mas lejos a lo que un de los policias se puso en actitud de "chulo de playa" diciendo que tambien hiba a pillar a mi compañero ( el cual estaba esperando en la vuelta de la esquina ).
Dado el caso entrege el Dni, con el cual apuntaron los datos y remitieron con su walkie a su oficina, supongo.

P.D: Fue en Almeria y tengo 18 años

Mis dudas son las siguientes: ¿Ellos hicieron el proceso de forma procedente? ¿Si llega la multa, podria alegar y con que procedimiento? ¿Cuanto podria ser el importe y donde tendria que pagar/objetar?
19/01/2011 09:11
"SOLAMENTE el acto administrativo LEGALMENTE DICTADO SE PRESUME VALIDO y puede ejecutarse"

Obviamente el recurrente no puede pagar a un letrado cada vez que le pongan una multa de 50 euros (9.000 ptas) el sueldo base son 595 euros por trabajar 8 h. Pero no es por su culpa, es que no sabe, porque no ha interesado enseñarle, date cuenta que ha tenido que aprender latín , griego, geografía , historia de España, y podría habersele enseñado un poquito la manera de relacionarse con su empresa/Estado, aquella a la que obligatoriamente FINANCIA.

Sólo son ejecutables los actos administrativos legalmente dictado, y eso podemos afirmar que no existe, casi. Si orino en la vía pública y pago multa , es estado autoritario. Si orino en la vía pública y el Estado q me ha visto me hace un procedimiento y yo q tengo derechos fundamentales se los cuento, entonces se produce la legalidad del procedimiento, siempre y cuando los jueces del contencioso atendiesen demandas de 50 euros en las que escuchasen al recurrente representado por sí mismo, si no tb sería un paripé.

No se puede entender como alguien cree que lo que dice un estado puede serle impuesto al individuo sin más garantía , ese pensamiento no lo tenía ni Hitler.

Kapitan , me tienes que disculpar, pero el pensamiento este de que el estado es papá y nos sanciona con la bondad de un padre al que debemos presumirle que es por nuestro bien, no cuela, a papá no le interesa multarte con un cursillo acelerado d educación y protocolo, ni con un mes de asistencia a una ONG, ni con cuatro semanas haciendole la compra a tu madre, papá solo sanciona recogiendo tela...Cuando el padre persigue el dinero del hijo, es un padre raro...Entendemos por buen padre , aquel que no excluye y da necesidades básicas.....

Las posibilidades de éxito existen siempre porque los jueces del procedimiento administrativo no son jueces profesionales ni tienen conocimientos de derecho ni han sido preparados para llevar adelante el procedimiento, ni tienen la carrera de derecho, son interinos que entraron a dedo y se les dió de comer gratis con nuestro dinero, Además que no han sido educados en los derechos fundamentales, no tienen ni idea de su aplicación , los enchufaron otros que estaban dentro ya con Franco y sabían menos q ellos, su pensamiento no comprende porqué la ausencia de acuerdo de incoación notificado puede vulnerar la presunción de inocencia, cuando con sus mismos ojos lo vió orinar. Y ese es el asunto, que si con mis propios ojos te veo asesinar a tu propio hijo, tienes obligatoriamente , sin duda y pese a quien pese, ser considerado inocente mientras que yo no tenga testigos ni pueda demostrar que eres culpable.

Te agradezco la conversación, y te deso lo mejor.
18/01/2011 13:22
Santi, tú dices:

"...Siempre hay que recurrir, el procedimiento es una garantía de derechos fundamentales , no podemos prescindir de ellos pues entonces cada vez que la administración sancionase y pagasemos estaríamos viviendo en un pais autoritario. Precisamente el procedimiento existe para que nadie pueda decir que españa es un pais facha donde la administración sanciona y cobra sin procedimiento alguno..." "...cuando la administración sanciona y ejecuta sin procedimiento , es autoritarismo, porque a ti te gusta este y lo pides a gritos o porque te lo imponen , pero derechos fundamentales no se dan..."


Yo digo:

Hay que recurrir cuando se tienen un mínimo de posibilidades de éxito, aunque sólo sea por economía y sentido común, aunque como estamos en un estado de derecho se pueda hacer siempre. La administración sanciona y ejecuta siempre con un procedimiento.
17/01/2011 14:43
Kapitan , la administración española precisa que sus actos sean legalmente dictados para ser ejecutivos, si no se hacen legales, porque vulneran derechos fundamentales no pueden ejecutarse, se ayuda a la validez de los actos, a que sean legales y ejecutables , al recurrirlos, cuando no se recurren los funcionarios dictan lo que saben , que es nada y ya no son ejecutables. Esto es un Estado de Derecho , no una sede de falange de las jons. "SOLAMENTE el acto administrativo LEGALMENTE DICTADO SE PRESUME VALIDO y puede ejecutarse"

http://books.google.es/books?id=Pgwq58czraQC&pg=PA559&lpg=PA559&dq=ejecutividad administrativa&source=bl&ots=A8ieJkQchY&sig=I0yD8muee0VvYZ9ky4h6XL688VQ&hl=es&ei=wkU0TdmUNIGs4AbJ98DICg&sa=X&oi=book_result&ct=result&resnum=9&ved=0CEMQ6AEwCA#v=onepage&q=ejecutividad administrativa&f=false
16/01/2011 12:44
Precisamente yo no veo pecado alguno, será por mi condición de agnóstico y sí una falta de respeto absoluta (esto último por mi condición de conductista).

Pregúntale a la tendera que cada mañana va a abrir su negocio y se encuentra los candados llenos de orines que jóvenes y no tan jóvenes le han ofrendado durante la noche etílica precedente.

Lo que no puedes hacer Santi es aconsejar a todo el mundo recurrir y recurrir hasta las últimas consecuencias, sin entrar a valorar las posibilidades de éxito con razonamientos que suenan a llamada a la rebelión de las masas.

No sé qué problemas habrás tenido tú con la administración, pero los quieres hacer extensivos a los demás. Hazles un favor a éstos y guárdate esos consejos para cuando procedan.
16/01/2011 09:37
Mensaje para kapitan: De barricadas nada. En un estado de Derecho todos debemos ir a votar en elecciones, pero mucha gente no va, hace dejadez. Igual ocurre con los procedimientos administrativos deberíamos recurrirlos todos , no podemos porque valen carísimos, la población carece de conocimiento, educación, dinero, medios , sobre todo carece de quién le defienda sus derechos fundamentales.

Es un pecado orinar en la calle, pero no vulnera los derechos fundamentales de los ciudadanos restantes, si el procedimiento no se produce el contribuyente renuncia a ellos, no se darían los derechos humanos. El verdadero delito es que no se produzca la tutela judicial efectiva.
15/01/2011 20:06
Si la policía tuviera que avisar a los familiares de todos los menores que cometen una infracción administrativa, deberían duplicar las plantillas. No sé de dónde sacas que deberían haberlo hecho.

Venga, aprende de la experiencia y de ese modo le habrás sacado partido a lo que te cueste.
15/01/2011 16:31
ola agradezco vuestras opiniones pero he ido a preguntar y cuando tramiten la multa si la tramitan me llaman a mi movil y tengo que ir en un plazo de 10 dias desde que firme alli, no enviaran cartaa casa ni nada solo que me avisaran a mi movil para que valla al ayuntamiento ami siendo menor y aun no queriendo que se enteren mis padres deverian de averlos avisado al ser menso ya ver cometido una infraccion basicamente no quiero que se enteren por que la infranccion la he echo yo y me gustaria resolverla yo muchas gracias a santi parra pero no creo que sea la mejor opcion eso de recurrir ya que tendria mas gastos y complicar mas el tema prefiero solucionarlo pagar y ya esta muchas gracias
15/01/2011 13:45
Te haces cargo tú cuando pierda y tenga que pagar el doble más abogado y procurador del contencioso? Qué listo eres! lo tuyo son las barricadas.
15/01/2011 11:15
Hay que recurrir siempre , porque solo los Estados autoritarios ejecutan sin el procedimiento administrativo necesario previo, cuando no se recurre es porque crees que eres culpable desde el principio haciendo uso omiso de los derechos fundamentales , que precisamente usándolos dentro del procedimiento resulta que la administración va a ejecutarte sus derechos y tu vas a defenderte imponiendo los tuyos, solo de lo que salga, se produce tutela judicial efectiva , del art 8 de la carta de derechos humanos, sin ella el Estado no puede llamarse ni constitucional ni de derecho.

O sea , cuando la administración sanciona y ejecuta sin procedimiento , es autoritarismo, porque a ti te gusta este y lo pides a gritos o porque te lo imponen , pero derechos fundamentales no se dan.

Papá Estado, no existe, eso era en casa con los menores de edad y su papi, aquí es procedimiento, si no existe , no hay derechos fundamentales, porque tu quieres o porque quiera la administración , pero no se llegan a dar.

Mear en el contenedor, o fumar, o saltarse un semáforo, no por mucho mear amanece má sanción sin procedimiento.....

La justicia no se hace porque al pueblo le parezca que es guay que le sanionen al meador, o encarcelen al que mata treinta niños en una guardería , si no porque se produce la tutela judicial efectiva , del 8 de derechos humanos y 24 C.E. (Esto q digo por supuesto, es contrario a la ideología nazi, se trata de ideología democrática de estado de derecho).
11/01/2011 12:14
Al chaval le pillaron orinando en unos contenedores y le denunciaron por ello, dónde está aquí la prevaricación del ayuntamiento? Eso de que siempre hay que recurrir es absurdo, sencillamente.

Si decides recurrir has de saber que posiblemente te desestimen alegaciones y recursos hasta el final, perdiendo la posibilidad de pagar sólo el 50% de la sanción prevista.
11/01/2011 10:20
Si no tienes sueldo ni bienes , no te pueden embargar pero van a cobrar de tus padres. La orden que tienen de perseguir contribuyentes observandolo todo hasta conseguir buenas cantidades económicas cada día , hace impepinable que vayan a por la pasta y sigan.
Siempre hay que recurrir, el procedimiento es una garantía de derechos fundamentales , no podemos prescindir de ellos pues entonces cada vez que la administración sancionase y pagasemos estaríamos viviendo en un pais autoritario. Precisamente el procedimiento existe para que nadie pueda decir que españa es un pais facha donde la administración sanciona y cobra sin procedimiento alguno.
Es dificil de comprender porque cuando nuestros padres nos han castigado , no hemos tenido nunca ningún derecho fundamental y creemos que el Estado actuaría bien cuando actuase igual...Pero es al contrario, cuando pagas una multa inmediatamente sin recurrirla , evitas el procedimiento demostrativo de que la administración respeta los derechos fundamentales y con la cantidad de corrupción que hay y los casos de prevaricación en los ayuntamientos , yo no me fiaría un pelo de esta gente... Les gusta mucho el dinero.....