La multa de haber solo está permitida para deportistas de elite y jueces y magistrados. En los demás casos, y salvo que el Convenio Colectivo lo contemple -que lo dudo mucho-, lo que se deberá imponer es la correspondiente suspensión de empleo y sueldo.
No tiene sentido; la multa de haber solo se puede imponer en determinados colectivos, no creo que sea el tuyo. Y en cualquier caso, faltaría más, no es preceptivo que se recurra a un abogado.
Todo ello salvo mejor criterio.