Si, en el convenio la sanción aplicable es esa, si que se avisó de la baja, se entregó a los cuatro dias pero ellos dicen con dos testigos que se tardaron 8.
no es necesario procedemiento contradictorio más que cuando sea un representante de los trabajadores o lo indique el convenio (que ya dices que no). no es nula por eso. ¿me parece un poco elevada la sanción? ¿está recogidada expresamente en el régimen disciplinario del convenio? ¿se avisó de la baja aunque no se entregara el parte hasta más tarde? ¿cuantos días se tardó en entregar el parte de baja? todos ellos son elementos necesarios para revisar la posible legalidad de la sanción.
Si,la sanción se la han comunicado por escrito, me refiero a si es necesario siempre un procedimiento contradictorio o no es necesario y si se le puede imponer la sancion sin mas la semana que viene, el convenio colectivo aplicable no señala nada al respecto.
Pide a la empresa que te lo comunique por escrito, si hace caso omiso denuncia igualmente, TENDRA que justificar porque no lo comunico por escrito y serà nulo.
El trabajador que no esté conforme con la sanción impuesta, podrá impugnarla ante la jurisdicción laboral en el plazo de 20 días desde la recepción de la comunicación escrita.
Gracias, pero por ejemplo, se le ha notificado la sancion sin que haya un procedimiento contradictorio y sin plazo de alegaciones para el trabajador diciendo que la sancion se cumple la semana que vienen y punto, por ello tambien seria una sancion nula no??
Han sancionado a un trabajador por entregar fuera de plazo, segun ellos, ya que el dice que los entregó antes, los partes de baja y alta medica, le sancionan con falta grave con cuatro dias de empleo y sueldo se puede impugnar la sancion ya que no es cierto???? que alegarias??? tienen dos testigos la empresa