Trabajador sancionado con 16 días de suspensión de empleo y sueldo por falta muy grave que firma la carta y cumple la suspensión sin reclamar.
Al mes siguiente comete otra falta disciplinaria de caracter grave, ¿suficiente argumentación para despido disciplinario?
Si el trabajador no recurrió en su momento la sanción disciplinaria, ¿entraría el juez a dilucidar si dicha sanción es proporcional a la falta?
El Juez va a considerar si el despido está justificado o no, si es proporcional a la falta, pero no va a entrar en la sanción anterior.
Desde luego aquella es firme y supone reincidencia, pero el Juez aunque no se pronuncie expresamente sobre ella en la sentencia, verá de qué se trató para formarse una opinión conjunta de todo. Pero vamos, que dos sanciones graves no garantizan un despido procedente por si solas.
Si esta siguiente sanción la reclama y le dan la razón porque la suspensión es desproporcionada o la falta no está calificada adecuadamente, ¿puede el juez recalificar la graduación de la falta o aplicar una sanción más acorde?, ¿o directamente la anula?
Está claro que el trabajador ha cometido una falta, y aunque no se esté sancionando proporcionalmente y se anule, ¿este hecho sería computable para alegar una reincidencia en un posible despido disciplinario? No sé si me estoy explicando con claridad.