Una cosa, ¿la sanción de empleo y sueldo se cumplio?, es decir, ¿quedo suspendido de empleo y sueldo esos 16 días?
Si la respuesta es afirmativa, ¿le abonaron esos 16 días, al ser declarada nula la sanción?, Si esto es así, aquí tiene usted la indemnización por daños, le abonaron los días y el no fue a trabajarlos.
Gracias por tu respuesta jalumada. El problema aqui es que ya no esta en el puesto de trabajo en el que sufría el acoso, por lo que por el acoso en si no puedo demandar. De ahi el poder reclamar por daños y perjucios, ya que el trabajador lleva 12 años en la empresa y nunca habia tenido problemas hasta que llego este jefe y la verdad es que todo este asunto a parte de afectarle moralmente pues dice que no quiere que este personaje quede impune y con razon.
Hola, Gos. Creo que el planteamiento correcto sería el siguiente: si tengo que demandar a la empresa será por el acoso en sí, no por los perjuicios derivados de una sanción injusta. El propio expediente sancionador podría formar parte de ese moobing del que hablas.
Buenos días, habría alguna posibilidad de demandar a una empresa para que resarza los perjucios morales ocasionados a un delegado sindical, cuando se le sanciono 16 días de empleo y sueldo y ha sido declarada nula dicha sancion por el juzgado por no cumplirse los requisitos formales ni probarse la causa por la que se sanciono.
El trabajador incluso tuvo que estar de baja por ansiedad por el acoso sufrido por su jefe.
Ahora esta en otro puesto de trabajo y con otro jefe.
¿Como lo veis?
Muchas gracias.