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sancion delegado sindical expediente contradictorio

7 Comentarios
 
Sancion delegado sindical expediente contradictorio
16/05/2013 17:08
Buenas tardes. queria hacer dos consultas en una. A un compañero mio que es delegado LOLS le han abierto expediente contradictorio. Es obligatorio que la empresa se reuna con el comite de empresa despues de que el haya hecho sus alegaciones?? ya que no lo han hecho....la empresa directamente le han sancionado con una falta grave, 3 dias de suspension de sueldo, y uno de esos 3 dias el librava...pueden hacerlo? gracias.
16/05/2013 18:23
No entiendo muy bien su explicación de los hechos, dice por un lado, ¿le han abierto un expediente contradictorio y en este expediente el trabajador o RLT a hecho las alegaciones sin estar el resto de los representantes de su grupo?
-Si esto es así vea el art. 115.2 de la LPL
Si es así cabe impugnación y este debe de resultar nula por defecto formal.
En cuanto a la 2ª cuestión planteada si el trabajador descansa entre semana y la sanción debe ser consecutiva es normal que le coja de por medio algún día de descanso, pero estov es favorable para el porque a los efectos sólo tendrá dos días de sanción ya que ese mes si habitualmente trabaja 230 (por ej.) en este caso con la sanción trabajara 18 y no 17 si de como la sanción impuesta eran 3 días.
(los días de sanción son naturales y por tanto consecutivos).
Artículo 115.

1. La sentencia contendrá alguno de los pronunciamientos siguientes:

Confirmar la sanción, cuando se haya acreditado el cumplimiento de las exigencias de forma y la realidad del incumplimiento imputado al trabajador, así como su entidad, valorada según la graduación de faltas y sanciones prevista en las disposiciones legales o en el convenio colectivo aplicable.


Revocarla totalmente cuando no haya sido probada la realidad de los hechos imputados al trabajador o éstos no sean constitutivos de falta.


Revocarla en parte, cuando la falta cometida no haya sido adecuadamente calificada. En este caso el Juez podrá autorizar la imposición de una sanción adecuada a la gravedad de la falta.


Declararla nula, si hubiese sido impuesta sin observar los requisitos formales establecidos legal o convencionalmente, o cuando éstos presenten defectos de tal gravedad que no permitan alcanzar la finalidad para la que fueron requeridos.


2. A los efectos de lo previsto en el apartado anterior serán nulas las sanciones impuestas a los representantes legales de los trabajadores o a los delegados sindicales por faltas graves o muy graves, sin la previa audiencia de los restantes integrantes de la representación a que el trabajador perteneciera así como a los trabajadores afiliados a un sindicato, sin dar audiencia a los delegados sindicales. También será nula la sanción cuando consista en alguna de las legalmente prohibidas o no estuviera tipificada en las disposiciones legales o en el convenio colectivo aplicable.
16/05/2013 18:39
Mire esta pag. es un documento en power point donde les explica no sólo que debería de haber informado la empresa al resto de representantes incluido el comité de empresa sino de los aspectos de dicha información.
Por lo que usted nos cuenta yo impugnaría la sanción.
16/05/2013 18:40
je je se me olvido pegar la dirección.

magnogua.files.wordpress.com/.../poder-disciplinario-poder-sancionador...‎


16/05/2013 18:53
Muchas gracias jamgpreve por la rapida respuesta. El caso es que le abrieron expediente,...lo comunicaron a comite dentro del plazo correspondiente pero yo tenia entendido que ha de haber una reunion, o que se trate el tema....el delegado se limito a hacer las alegaciones y presentarla por escrito, y se ve que no convencieron a la empresa y dictaminaron sancionarlo con 3 dias de suspension de sueldo y empleo....
lo de los dias de sancion ha coincidido en que el trabajaba sabado, domingo librava y lunes trabajaba, y le han contado 3 dias... de sabado a lunes.....pero bueno, si es beneficioso para el pues mejor. MUCHAS GRACIAS de nuevo...ahora me miro el power point! saludos!
16/05/2013 18:58
no se abre el enlace.....
16/05/2013 19:06
Si no se abre haga como he hecho yo; ponga en google "Expediente contradictorio representante de los trabajadores" le saldrán varios documentos, mírelos todos así estará informado, pero el que le indico en cuestión pone "Procedimiento Sancionador"
16/05/2013 19:11
ok ya esta.mil gracias!