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sanción de tráfico

5 Comentarios
 
24/09/2008 13:01
Hola, actualmente vivo en Madrid, tengo un coche domiciliado en lugo en donde estoy empadronado y pago el impuesto de circulación; ya en madrid me han puesto una serie de multas de aparcamiento de las que no he recibido notificación en ninguno de los dos domicilios; ahora quiero vender el coche, le he dicho al comprador (madrileño) que debe domiciliar el coche en otra comunidad autonoma; mi consulta es la siguiente: ¿pueden llegarme estas multas despues de hacer la transfer?
¿el coche tendría algún tipo de cargas de las que me pudieran hacer responsable? gracias de antemano por su ayuda
19/09/2008 09:46
Si me das una dirección de correo, te la puedo enviar el anverso y el reverso para salir de dudas,
Gracias por tu interés.
19/09/2008 09:08
Si te han notificado en el acto debes tener la posibilidad de pagar con el boletín de denuncia (sin expediente todavía).

Por lo tanto, en el dorso se te debe indicar cómo y dónde es la forma de pago.

Otra cuestión es que no te hayan notificado nada en el acto y sólo te hayan dejado un papelito (copia del boletín) en el parabrisas.

Por lo tanto, hay que saber que boletín tienes.
18/09/2008 12:42
Si, esa posibilidad ya la he barajado, lo que ocurre es que me piden el nº de expediente y eso solo lo tendré cuando me llegue la notificación de la denuncia, que me temo que vendrá por importe de 120,00 Euros, entonces me supone un rriesgo enviar el dinero 42,00€ con la reducción 30% poniendo el número de boletín y que despues me requieran 120,00€ por no haber informado el expediente.
Gracias, Alter ego.
18/09/2008 08:41
Si en el dorso del boletín te aparece otra forma de pago distinta a la de ir a Recaudación (p.e. ingreso en un banco), efectúa el pago con el descuento que se indica en el papel.

Señala todos los datos que puedas (nº boletín, expediente, matrícula, conductor, etc.)

Si el ingreso no lo consideran conveniente, te tendrán que volver a notificar para requerírtelo.
Sanción de tráfico
17/09/2008 10:37
Hola, a ver quien me puede ayudar.
El pasado día 04/09/08 me sancionó la policia local con 60,00€ por cometer una infracción según el art. 168 1a del Reg.Gen.Circ. Hoy he pasado por la oficina del patronato de recaudación, siguiendo las instrucciones del reverso del boletín de denuncia para que me den la carta de pago y poder pagarla con el 30% de bonificación por pagarla antes de 30 días.
La funcionaria del patronato ha mirado un librito y no encuentra el articulo de la infracción y me dice que según la infracción cometida "por no respetar una linea transversal continua" la carta de pago que me puede dar es de 120,00 € .
¿Es justo que yo tenga que pagar más que la sanción puesta por el agente que me vió cometer la infracción?
¿Es legal que sin encontrar el articulo que puso en su día el agente yo deba pagar esa multa?
¿puedo alegar defecto de forma en la denuncia y solicitar su anulación?
Gracias.